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Estado

Elegirá PAN a candidato a gubernatura en interna

Será mediante el método de votación por militantes en centros de votación

Salvador Castro
El Diario de Juárez

miércoles, 09 diciembre 2020 | 06:00

Tomada de internet

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Ciudad Juárez— La Comisión Organizadora Electoral del PAN publicó anoche la convocatoria para participar en el proceso interno de selección de la candidatura a la gubernatura constitucional de estado de Chihuahua con motivo del proceso electoral 2020-2021.

Dentro de las disposiciones generales se establece que la selección de la candidatura a la gubernatura será mediante el método de votación por militantes en centros de votación .

Señala que se requiere el 10 por ciento de firmas de apoyo de militantes activos y vigentes en el Registro Nacional de Militantes y  no más de 15 por ciento de firmas por municipios.

Los registros inician a partir de la publicación de la convocatoria y hasta el 18 de diciembre, en el Comité Ejecutivo Nacional (CEN).

Además establece que podrán votar panistas en el extranjero con varios candados, así como panistas en tránsito por el estado.

Indica que el día 2 de enero emite la validación de los registros; las precampañas iniciarán el 3 de enero y finalizarán el 23 de enero del 2021.

La jornada electoral se llevará a cabo el domingo 24 de enero; inicia con las instalación de los centros de votación a las 8:00 horas y se podrá emitir el voto a partir de las 9:00 horas y hasta a las 17:00 horas del mismo día, para después continuar con el escrutinio y cómputo en cada uno de los centros, procediendo a la clausura.

La convocatoria señala que el cómputo y publicación de resultados inicia con la remisión de los paquetes electorales del Centro de Votación a la Comisión Organizadora Electoral Estatal, conforme a los procedimientos previstos en los lineamientos para el traslado, entrega recepción, resguardo de los paquetes electorales y concluye con la publicación de los resultados de la elección.

Menciona que la declaración de validez de la elección inicia con la remisión del acta de la sesión de cómputo de la Comisión Organizadora Electoral Estatal, a la sede de la Comisión Organizadora Electoral, observando en todo momento los procedimientos para el traslado, entrega recepción y resguardo de la documentación electoral y concluye con el acuerdo que para tales efectos emita ésta última.

Señala que sólo podrán votar las y los militantes que se encuentren en el listado nominal de electores definitivo expedido por el Registro Nacional de Militantes y que se identifiquen con su credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral.

Entre los requisitos para quienes se registren tratándose de militantes, señala que no debe encontrarse sancionado al momento de presentar su solicitud de registro, con suspensión de derechos, inhabilitación  para ocupar candidatura o expulsión.

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