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Estado

Corralistas autorizaron crédito sin aval del Congreso

Ichisal ocultó al menos una cuenta bancaria

Roberto Piñón / El Diario

lunes, 15 mayo 2023 | 22:55

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Ichisal ocultó la cuenta bancaria 00099108436 con Bansi, que dio pie a la indagación que concluyó con el hallazgo del crédito

La Secretaría de Hacienda, cuyo titular era Arturo F. V., autorizó la operación mediante un convenio y el oficio SH-0145/2021

El Consejo Directivo de Ichisal, con representantes de diversas dependencias, avaló también la operación

El instituto de salud registró intereses y comisiones como penas, multas, accesorios y actualizaciones

La operación violó los artículos 2, 23, 25, 26 y 30 de la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y municipios

Encuadran las conductas en el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades establecido en el artículo 261, Fracción I, inciso d) del Código Penal del Estado

… mientras que exsecretario de Hacienda otorgó el financiamiento sin la autorización del Congreso

En la decisión financiera que provocó la detención de el exsecretario de Salud, Eduardo “El Higadito” F. H., están también involucrados quienes fungían como integrantes del Consejo Directivo del Instituto Chihuahuense de Salud, empezando por el entonces gobernador, Javier Corral Jurado, que era el presidente; Eduardo F. H., en su calidad de secretario de Salud, director general del Ichisal y secretario de dicho Consejo, al cual pertenecían los titulares de las secretarías de Hacienda, Desarrollo Social y Cultura.

La Secretaría de Hacienda a cargo de Arturo F. V., autorizó mediante el oficio SH-0145/2021 directamente al Instituto Chihuahuense de Salud (Ichisal), la contratación de un crédito por 401 millones de pesos, con aval previo del Consejo Directivo del mismo organismo descentralizado, sin contar con la autorización del Congreso del Estado como obliga la Ley de Disciplina Financiera, lo cual constituye un presunto delito, todo esto de acuerdo al dictamen de la cuenta pública emitido en diciembre por la Auditoría Superior del Estado.

Antes de la expedición de dicho oficio de fecha 16 de marzo del 2021, la Secretaría de Hacienda firmó un convenio de reconocimiento de adeudo y pago el día 3 de marzo del mismo año, en el cual reconoce expresamente el adeudo, autorizando al Ichisal a “ceder y de cualquier otra forma transmitir todo o en parte, sus derechos y obligaciones… aún antes de su vencimiento… siempre y cuando dicha transmisión se efectué con cualquier institución de crédito…del sistema financiero mexicano”.

Dicho convenio, antes de su firma, fue sometido a la autorización de la Junta de Consejo del Ichisal, en la Primera Sesión Ordinaria de fecha 17 de febrero del 2021, mediante el acuerdo 07-01-2021, siendo aprobado por unanimidad de los integrantes, entre quienes se encuentran el gobernador del estado, y los secretarios de Salud, Hacienda, Desarrollo Social, Cultura, invitados de dependencias y dos académicos.

Ejercían en ese momento como titulares de las dependencias Javier Corral Jurado, Eduardo F. H., Arturo F. V., Ramón Galindo Noriega, y María Concepción Landa García. Se desconoce si ellos asistieron presencialmente o lo hicieron sus representantes.

En esa misma sesión de Consejo, fue aprobado el acuerdo 08-01-2021 en el cual se autorizó por unanimidad al director general del Ichisal, para que “lleve a cabo las gestiones necesarias para ceder a una institución Bancaria o Financiera de los derechos del Convenio de Reconocimiento de Adeudo, celebrado entre el Instituto Chihuahuense de Salud con Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Hacienda, con el fin de allegarse de liquidez de manera inmediata”.

Con esas autorizaciones, el secretario de Salud y al mismo tiempo director general del Ichisal, Eduardo F. H., contrató un crédito por los 401 millones de pesos con Bansi S. A., Institución de Banca Múltiple, bajo la figura de un Contrato de Descuento de Documentos, con fecha 17 de marzo del 2021, el mismo día en que recibe el oficio de autorización de la Secretaría de Hacienda.

En ese contrato, Bansi adquiere los derechos de cobro con la Secretaría de Hacienda, a través de un pago de comisión de apertura del 2.50%, más intereses, ordinarios y moratorios, todo lo cual sería operado mediante la cuenta a nombre del Ichisal número 00099108436.

Bansi cobró a Ichisal 11 millones 639 mil pesos por concepto de Comisión por Apertura y 12 millones 474 mil pesos por intereses del crédito, entregando al organismo descentralizado 377 millones 249 mil pesos.

Se desconoce si los intereses fueron pagados finalmente por la Secretaría de Hacienda estatal como estaba establecido en el Convenio de Reconocimiento de Adeudo. La irregularidad plasmada en el Informe Individual de Revisión a la Cuenta Pública 2021 de dicho organismo descentralizado -consistente en 74 hojas-, elaborado por la Auditoría Superior del Estado, fue entregado el pasado 15 de diciembre a la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado, que encabeza la diputada Leticia Ortega Máynez.

EL DICTAMEN DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO

En la página 44 y subsecuentes del Informe Individual respectivo, los auditores presentan al Congreso del Estado la observación número 5 al Ichisal en la revisión de la cuenta pública correspondiente al año 2021.

“La Entidad Fiscalizada contrató financiamiento por $401,364,155.59 con Bansi, S.A. Institución de Banca Múltiple, sin apegarse a lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”, establece el dictamen.

De acuerdo a dicho informe, los auditores dieron con la cuenta de Bansi número 00099108436, pese a que Ichisal la había omitido cuando le fueron solicitadas las cuentas bancarias existentes mediante oficio, con el argumento de que desconocían su existencia.

Los auditores solicitaron entonces el historial de dicha cuenta y dieron con el movimiento efectuado por los 377 millones de pesos y los 24 millones cobrados por concepto de apertura de crédito e intereses.

En los documentos de trabajo soporte de la auditoría constan las actas de Consejo Directivo en que es autorizada la gestión para realizar el contrato con una institución bancaria así como el oficio de autorización final para dicho trámite por parte de la Secretaría de Hacienda.

Establece el dictamen que “El Instituto Chihuahuense de Salud no reveló en sus registros contables, las operaciones realizadas con motivo del financiamiento obtenido a través del Contrato de Descuento de Documentos de fecha 17 de marzo de 2021, que celebran Bansi, S.A. Institución de Banca Múltiple el Instituto Chihuahuense de Salud, por $401,364,155.59, ya que no aparece los movimientos de la cuenta bancaria 00099108436 ni el registro del adeudo a Bansi, S.A. Institución de Banca Múltiple por el crédito otorgado”.

Asimismo que “Registró erróneamente el monto por $24,114,217.15 correspondiente a los cargos cobrados por Bansi, S.A., Institución de Banca Múltiple a la Entidad Fiscalizada, en la Cuenta “Penas, Multas Accesorios y Actualizaciones”, debiendo ser a la cuenta de “Comisiones e Intereses”.

Y que “la Entidad Fiscalizada contrató financiamiento sin cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que señala: “Artículo 23.- La Legislatura local, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, autorizará los montos máximos para la contratación de Financiamientos y Obligaciones. Para el otorgamiento de dicha autorización, la Legislatura local deberá realizar previamente, un análisis de la capacidad de pago del Ente Público a cuyo cargo estaría la Deuda Pública u Obligaciones correspondientes, del destino del Financiamiento u Obligación y, en su caso, del otorgamiento de recursos como Fuente o Garantía de pago”.

Lo anterior, “considerando que, con independencia de la denominación del contrato de descuento de documentos que suscribió materialmente la Entidad Fiscalizada, materialmente, se trata de un financiamiento con base en la definición establecida en el artículo 2, fracción XI, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios”. Como consecuencia del hallazgo se emitió el informe de presunta responsabilidad administrativa, para que la Coordinación de Investigaciones I de esta Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, “continúe la investigación de los hallazgos detectados o bien, realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, promueva ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa o la autoridad competente la imposición de sanciones a los servidores públicos, que en su gestión, omitieron cumplir lo establecido en los artículos 25, 26 y 30 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, al haber contratado financiamiento con un posible menoscabo de $24,114,217.15, sin asegurar las mejores condiciones de mercado a través de un proceso competitivo y sin someterlo a la autorización de la Legislatura Local”.

Asimismo se ordenó la presentación de una denuncia de hechos delictivos, por parte de la Coordinación de Investigaciones de la misma Auditoría Superior, “por la posible comisión de hechos delictivos descritos en el Titulo Décimo Séptimo Capítulo VI, artículo 261, fracción I inciso d) del Código Penal del Estado de Chihuahua”.

El artículo mencionado, en lo conducente señala que “comete el delito de uso ilegal de atribuciones y facultades…el servidor público que ilegalmente… otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos”.

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