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Estado

Caso de Camila sienta precedente: abogada

Feminicida deberá pasar 157 años en prisión

Argelia Domínguez
El Diario de Chihuahua

miércoles, 26 enero 2022 | 12:29

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Chihuahua, Chih.- La ampliación de la pena en contra de Juan Manuel Villalobos González, feminicida de la niña Camila, debe sentar un precedente para los jueces de primera instancia a la hora de emitir sus sentencias, señaló Norma Ledezma la fundadora de la organización Justicia para Nuestras Hijas.

Luego de revisar la apelación presentada por la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razón de Género y la Familia (FEM), la Sexta Sala de lo Penal, titulada por el magistrado Javier Talamentes Abe, amplió en 37 años la condena impuesta al responsable de raptar, violar y asesinar a la menor de 7 años en 2018, por lo que ahora deberá pasar 157 años en prisión y no 115 como estableció la resolución inicial dictada por un Tribunal de Enjuiciamiento.

“Consideramos que la sala y los magistrados hicieron un trabajo de revisión minuciosa, con ética profesional, para tomar en cuenta los elementos existentes y para poder determinar esta nueva sentencia”, dijo.

La abogada y activista subrayó que los jueces de primera instancia deberán tomar esta resolución como una base para ampliar su visión y criterios a la hora de dictar sentencias en casos de esta magnitud, pues pareciera que resuelven con miedo. De esta manera se garantizaría que las personas que sean encontradas penalmente responsables tengan un castigo ejemplar.

Manifestó que, aunque ninguna pena podrá regresarle la vida a Seyni Camila, el fallo de la Sala representa una resolución histórica no sólo para los juzgadores, sino para la sociedad que se vio conmovida por la crueldad con la que se privó de la vida a la menor. El 21 de julio de 2020 Villalobos González fue encontrado penalmente por los delitos de homicidio agravado por razón de género y violación agravada, por lo que se le impusieron penas de 80 y 35 años respectivamente. Sin embargo, el Tribunal desechó los cargos de pornografía infantil y desaparición forzada por particulares, que formaban parte de la acusación original de la FEM.

En segunda instancia se determinó que el homicida deberá pasar 80 años en la cárcel por el delito de feminicidio; además, se aumentó la pena por violación a 50 años y se impuso una nueva condena de 22 años de prisión por pornografía infantil, gracias a que el magistrado Talamantes Abe tomó como prueba válida un video grabado por el acusado.

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