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Economía

Oficializan reforma a las Afores

Entre los cambios está el reducir las semanas de cotización para acceder a una pensión garantizada

Charlene Domínguez y Victor Fuentes
Agencia Reforma

miércoles, 16 diciembre 2020 | 15:03

Reforma

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Ciudad de México.- La reforma más importante al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) desde su creación en la década de los 90 ya es oficial.

El Ejecutivo federal publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social (IMSS) y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Los cambios reducirán las semanas de cotización para acceder a una pensión garantizada, incrementarán el monto de dicha pensión y obligarán a los patrones a ir aumentando la cuota que aportan para el seguro de cesantía en edad avanzada y vejez de sus empleados, entre otras reformas.

Asimismo, las comisiones que cobren las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) estarán sujetas a un máximo, el cual resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile.

Dicho control de precios, según el sector privado, desalentará la competencia entre éstas, puede llevar a que varias desaparezcan y provocará amparos.

En la medida en que las comisiones en estos países tengan ajustes a la baja serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se esté aplicando.

A partir del 1 de enero de 2021, las personas de al menos 60 años de edad que hubieran cotizado 750 semanas en el IMSS podrán acceder a una pensión, en contraste con las mil 250 semanas o 24 años que preveía la ley cuando entró en vigor en 1997.

El Congreso aprobó este cambio porque en 2021, cuando se cumplen 24 años de operación del SAR, sólo 24 por ciento de los trabajadores hubieran alcanzado las mil 250 semanas.

El requisito de semanas de cotización irá aumentando de 25 en 25 cada año, hasta llegar en 2031 al nuevo mínimo permanente, que será de mil semanas, es decir, unos 19 años de trabajo.

En la ley vigente, la pensión garantizada era de sólo un salario mínimo o 3 mil 696 pesos mensuales, sin importar el último Salario Base de Cotización (SBC) del trabajador.

Con la reforma aplicará una tabla de cinco categorías y los montos se irán actualizando con base en la inflación anual.

La más alta será la de trabajadores cuyo último salario de cotización era de 5 o más Unidades de Medida y Actualización (UMAs), unos 13 mil pesos mensuales. Este grupo tendrá una pensión garantizada de 7 mil 829 pesos para los de 60 años, y hasta 8 mil 241 pesos para los de 65 años o más.

Estas pensiones serán cubiertas, inicialmente, con recursos de la cuenta individual del trabajador en su Afore, pero una vez agotado este fondo, el pago es a cargo del Gobierno federal.

En cuanto a las aportaciones a las cuentas de retiro, se mantiene el 1.25 por ciento del SBC que se retiene a los trabajadores, por lo que toda la carga adicional se concentrará en los patrones y el Gobierno, lo que según críticos de la reforma podría desalentar la creación de empleos formales.

Los patrones tendrán que aportar incrementos graduales al ramo de cesantía en edad avanzada y vejez a partir de enero de 2023 y durante ocho años, hasta llegar en 2030 a un rango de entre 3.1 y el 11.8 por ciento del SBC, al que se debe sumar el 2 por ciento del seguro de retiro, que se mantiene sin cambio.

La cuota social del Gobierno, actualmente de entre 3.2 y 3.8 pesos diarios, aumentará desde enero de 2023 a a un rango de 6.25 a 10.75 pesos diarios, con el monto mayor para quienes menos ganan. 

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