Economía

No mejorarían servicios pese aumento de precios en vuelos

El alza de las tarifas impacta a los bolsillos de los pasajeros y al de las empresas en estos lugares, según experto

Reforma

lunes, 08 abril 2019 | 09:39

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Ciudad de México— Los aeropuertos del país pueden subir las tarifas que cobran a usuarios y aerolíneas sin que se condicionen a mejoras físicas, afirmaron expertos.

El reglamento de la ley de aeropuertos está desfasado y permite que los Grupo Aeroportuarios del Pacífico (GAP), del Centro Norte (OMA) y del Sureste (ASUR), quienes tienen concesiones de aeropuertos desde 1998, fijen sus tarifas sin una evaluación sobre su justificación, explicó Fernando Gómez Suárez, especialista de la industria de aviación.

Se ha privilegiado que estos grupos recuperen las inversiones que hicieron al obtener las concesiones de los aeropuertos por 50 años prorrogables a otros 50, pero eso ocurrió hace mucho y las tarifas suben en detrimento de la industria, que impacta a los bolsillos de los pasajeros y al de las empresas que dan servicios en estos lugares, como las aerolíneas, expuso.

"Donde unos pierden, otros ganan y si las aerolíneas están perdiendo y los pasajeros están perdiendo con costos más altos cada vez, ¿quiénes son los que están ganando? Es obvio", comentó.

Rogelio Rodríguez, experto en asuntos legales aeronáuticos, expuso que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) avala las alzas en tarifas como TUA y otros servicios, entre ellos el de aterrizaje y estacionamiento en plataforma, que se cobra a aerolíneas.

Sin embargo, no condicionan esos aumentos a que se garanticen mejoras en la infraestructura de los aeropuertos, considerando que se les otorgó una concesión para operar los aeropuertos.

Aunque los grupos realizan inversiones, la autoridad no las supervisa con criterios claros y estrictos para pedir que se reestructuren o modifiquen los planes, expuso.

Recordó que la autoridad ha perdido fuerza a la hora de regular, porque tiene una limitada capacidad en personal y presupuesto, así como una excesiva concentración de responsabilidades.

El artículo 69 de la ley de aeropuertos expone que las tarifas de servicios aeroportuarios y complementarios deberán registrarse ante la SCT de manera previa al inicio de su vigencia, y deberán hacerse del conocimiento de los usuarios.

Sin embargo, no hay un apartado que exponga que el aumento se condiciona a mejoras, aclaró Rodríguez.

Recientemente, Volaris logró revertir un incremento de 15.7 por ciento en las tarifas del Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, tras negociaciones con la administración y el anunció de la cancelación de cuatro rutas.

Enrique Beltranena, director general de Volaris, reveló que la aerolínea envió tres cartas a la DGAC para pedir una explicación sobre la forma en que regulará estas tarifas.

En tanto, Juan Carlos Zuazua, director general de VivaAerobus, dijo que debería considerarse una reducción de las tarifas aeroportuarias, pues suelen representar la mitad del costo de los boletos de esta aerolínea.

En 2018 la tarifa promedio de la empresa fue de 525 pesos en vuelos nacionales y la TUA del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México en el mismo año fue de 470 pesos.

"Cobramos prácticamente lo mismo por transportar a un pasajero que por el simple derecho del pasajero de pisar un aeropuerto", comentó.

Una baja en estas tarifas ayudaría a atraer a más pasajeros y beneficiaría a los grupos aeroportuarios, dijo.

La ley de aeropuertos prevé que la SCT podrá establecer bases de regulación tarifaria y de precios para la prestación de los servicios aeroportuarios cuando no haya condiciones razonables de competencia, de acuerdo con la opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

Aunque aclara que la regulación tarifaria o de precios que llegue a aplicarse se mantendrá sólo mientras subsistan las condiciones que la motivaron.

Gómez aseguró que no es necesaria una reforma a la ley, pero sí al reglamento porque es donde se específica bajo qué criterios pueden aumentarse las tarifas aeroportuarias, así como los máximos que pueden ser cobrados.

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