Economía

¿Harás tu declaración anual ante el SAT? Debes saber estos puntos

Para muchos esto podría ser un dolor de cabeza

Agencias

martes, 16 abril 2019 | 16:06

Abril es el mes de la declaración anual de impuestos para las personas físicas. Si bien para muchos esto podría ser un dolor de cabeza, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha buscado hacer mejoras en sus sistemas y ha puesto a disposición de los contribuyentes herramientas para agilizar el trámite, publicó el diario El Economista. 

Prellenado de declaraciones

En el artículo publicado en el diario especializado en economía y finanzas, firmado por Belén Saldívar, se destaca que el SAT ya tiene declaraciones prellenadas, en las cuales el contribuyente sólo debe revisar que sus datos sean correctos para mandar su declaración anual, con lo cual se ahorrará varios minutos, e incluso la podrá hacer desde la comodidad de su casa, a través de Internet.

En el prellenado los contribuyentes encontrarán información sobre los sueldos y salarios con comprobantes de nómina, así como los ingresos por actividades empresariales, profesionales y arrendamiento, con datos de pagos provisionales.

Cómo hacer la declaración

Para realizar la declaración anual por Internet, los contribuyentes sólo deben meter su RFC, contraseña y un captcha de seguridad. Con ello podrán acceder a la propuesta de declaración anual, consultar lo que ya se envió e imprimir el acuse.

El prellenado se genera a través de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) que recibe o emite el contribuyente.

¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

Las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual en este mes son aquellas que estén como asalariados y hayan tenido más de un patrón el año pasado; aquellas que tengan ingresos por arrendamiento, honorarios o actividades empresariales, así como quienes dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2018 o recibieron ingresos anuales mayores a 400 mil pesos.

Si tú eres asalariado no estás obligado a presentar la declaración anual. Sin embargo, la puedes llevar a cabo, ya que puedes resultar con un saldo a favor.

Deducciones y devoluciones

Las personas físicas pueden deducir gastos médicos, gastos funerarios, donativos, primas de seguros de gastos médicos, transporte escolar, aportaciones complementarias para el retiro, cuentas personales de ahorro para el retiro, colegiaturas e intereses reales.

Cabe destacar que ahora, en la parte de deducciones personales, la clasificación es por concepto y no por factura.

La ley estipula que las personas físicas pueden deducir hasta 147 mil 14 pesos o bien, hasta 15% de su salario, dependiendo cual sea menor. La devolución puede tardar entre un plazo de 5 y 40 días hábiles.

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