PUBLICIDAD

Economía

Gana Aeroméxico devolución de 300 mdp por pifia de CRE

Un tribunal federal amparó a la aerolínea contra las tarifas de almacenamiento de turbosina vigentes desde enero de 2019

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

miércoles, 14 julio 2021 | 13:49

Archivo/ Agencia Reforma

PUBLICIDAD

Ciudad de México.- Grupo Aeroméxico obtendrá una devolución de 300 millones de pesos que pagó por tarifas de almacenamiento de combustible, gracias a una omisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) en el sexenio pasado.

Un tribunal federal amparó a la aerolínea contra las tarifas de almacenamiento de turbosina vigentes desde enero de 2019, porque la CRE nunca publicó la resolución respectiva en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El amparo, que es inapelable, fue notificado el 24 de junio, y su efecto será que se devuelvan a Aeroméxico todos los pagos por almacenamiento a Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) a partir de la fecha mencionada, y que en adelante, le apliquen las tarifas vigentes hasta 2018.

Una fuente cercana a la empresa estimó que la devolución será de unos 300 millones de pesos, solo una fracción de los 27 mil millones que Aeroméxico gastó en turbosina en 2019 y 2020, ya que ASA no es su única proveedora, y buena parte de sus pagos los hace en el extranjero.

El error original lo cometió la CRE, que el 3 de agosto de 2018 aprobó la resolución 1705/2018 con las tarifas de almacenamiento por metro cúbico que ASA puede cobrar en 59 aeropuertos del país, pero no la publicó en el DOF.

El 28 de agosto de 2018, ASA sí hizo una publicación en el DOF, pero solo de la tabla con las tarifas, no de la resolución completa de la CRE justificando la metodología para calcular los nuevos montos, lo que según el Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica fue ilegal.

Lo anterior, ya que la resolución de la CRE fue una "disposición de carácter general" que se tiene que publicar íntegra en el DOF, según ordenan la ley de dicho medio de difusión y el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

"No se dieron a conocer cuáles fueron los principios que tomó en cuenta la CRE y que permitirían el desarrollo eficiente de la industria y de un mercado competitivo", explicó el tribunal, " ni se señaló si se trataba de tarifas basadas en condiciones de mercado, de acuerdo con las mejores prácticas regulatorias; cuales fueron las herramientas de evaluación que se emplearon para lograr sus objetivos regulatorios, o si se realizaron ejercicios comparativos o indicadores de desempeño".

"La concesión del amparo deberá hacerse extensiva respecto de los cobros efectuados a la parte quejosa, amparados a través de las facturas que exhibió y que constituyen la individualización de las tarifas contenidas en la resolución reclamada, correspondientes al 3 de enero de 2019, así como de los subsecuentes pagos que hubiere realizado con motivo de tales tarifas", se indica en el fallo.

La magistrada Rosa Elena González Tirado consideró que Aeroméxico debía quedar exenta totalmente del pago de estas tarifas, peros sus colegas Eugenio Reyes y Gildardo Galinzoga ordenaron seguirle aplicando las vigentes en 2018.

PUBLICIDAD

ENLACES PATROCINADOS

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

close
search