Economía

El SAT siempre piensa en ti

“si piensas que a nadie le importas en la vida, cuando te sientas completamente solo, ten la confianza que alguien siempre piensa en ti…el SAT!!!”

Iván Pérez

lunes, 24 febrero 2020 | 12:39

Iván Pérez

Cuando pude ver un video en las redes sociales que parafraseaba que: “si piensas que a nadie le importas en la vida, cuando te sientas completamente solo, ten la confianza que alguien siempre piensa en ti…el SAT!!!”; reí mucho, pero cuando esta picardía mexicana la traduces a la realidad, entendemos entonces qué un mundo nos vigila. 

Dentro de la Resolución Miscelánea Fiscal  para 2020 (RMF) se contempla varios supuestos en los que diferentes instituciones como bancos, empresas de telefonía, la propia CFE y casas de bolsa deberán entregar los datos de contacto de sus clientes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), para obviamente tener identificados a los usuarios, así es, como tal lo lee.

De acuerdo con el artículo 32-B, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación precisa que las instituciones financieras deben proporcionar la información de los depósitos, servicios, fideicomisos o cualquier tipo de operaciones, que soliciten las autoridades fiscales, entre ellas, de acuerdo con la RMF deben entregar información de contacto de sus clientes, tales como teléfonos, correos, etc.

Por su parte, la regla 2.12.5 contempla que en el caso de que los cuentahabientes no tengan clave en el RFC, el SAT podrá llevar a cabo su inscripción en el citado registro, en caso de contar con los datos suficientes para realizar dicha inscripción y como facilidad administrativa. Después, los contribuyentes, ahora registrados, deberán ir a una oficina del SAT para unirse a un régimen específico. Básicamente, las instituciones darán la información de los clientes al SAT para que puedan ser inscritos al RFC.

En adición a eso, también la regla 2.8.1.9 de la citada resolución previene que prestadores de servicios telefónicos, del servicio de suministro de energía eléctrica y casas de bolsa están obligados a entregar el RFC de sus usuarios a las autoridades fiscales. Cuando se trate de personas físicas, podrán entregar el CURP en su lugar, y con ello cumplir con esta obligación para remitir esa información al SAT.

Por lo que efectivamente, hoy en día un mundo nos vigila, recomendando siempre tener el consejo de un contador o asesor fiscal, a fin de evitar una contingencia fiscal con el SAT. 

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