Economía

Conducir ebrio o sin licencia invalida seguro

Aconsejan verificar situaciones en las que la compañía no pagará daños

Iris González
El Diario

martes, 21 enero 2020 | 06:00

Archivo/El Diario | Compañía aseguradora Qualitas

Los seguros automotrices protegen contra choques, robo y daños a terceros, pero en el caso de accidentes viales existen algunas circunstancias que lo invalidan, por ejemplo, que el conductor maneje en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas, así como que no tenga licencia de conducir vigente.

De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), esta clase de pólizas cubre gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos X, entre otras necesidades que las personas tengan convenidas dentro de del seguro.

Sin embargo, existen riesgos que no se encuentran cubiertos, por lo que es importante revisar el contrato para verificar cuáles son las situaciones en las que la compañía no pagará los daños.

La rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de piezas son otras situaciones que la aseguradora no contempla, a menos que éstas sean causadas por los riesgos que sí cubre el convenio.

Tampoco se hacen cargo cuando hay pérdidas o daños en la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos o en caminos en mal estado.

No haber realizado el pago de la póliza oportunamente o hacer la renovación dentro de los 30 días correspondientes al vencimiento es otra de las situaciones en desventaja.

La falsa declaración de hechos que se haga respecto a la cuestión que se quiera asegurar, puede también ocasionar la rescisión del contrato y, por lo tanto, la pérdida del derecho a recibir la indemnización.

Para conocer cuáles son los puntos amparados por los seguros, la AMIS aconseja revisar la póliza entregada por la aseguradora, ya que ahí se especifican los bienes que están protegidos por el seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes.

Ahí mismo se estipulan los bienes que no están cubiertos y los adicionales que pueden estar sujetos a cobertura adicional, pero éstos deberán ser especificados al momento de contratar su seguro.

“Cuando por algún motivo se solicite alguna modificación a las condiciones de la póliza de seguro, la compañía aseguradora deberá entregar un documento llamado endoso en el que consten tales modificaciones para hacerlas válidas”, resaltó la AMIS.

igonzalez@redaccion.diario.com.mx

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