Economía

Castigará SAT ausentismo en negocios

Tras aval a 'Ley Antifactureros', el SAT podrá sancionar a los contribuyentes hasta por ausentarse en horas hábiles de su domicilio fiscal

Reforma

lunes, 28 octubre 2019 | 09:26

Reforma

Monterrey— El que tenga tienda, que la atienda... o que se atenga al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Bernardo Elizondo Ríos, experto en derecho fiscal y socio del Despacho legal Adame y Elizondo Abogados, advirtió que son tan amplias las facultades que otorga la nueva "Ley Antifactureros" al SAT, que se podrá sancionar a los contribuyentes hasta por ausentarse en horas hábiles de su domicilio fiscal.

"Si un auditor del SAT llega al domicilio fiscal de un contribuyente y no hay nadie", dijo, "es causal suficiente para quitarle sus sellos digitales y considerar que no está localizable.

"Ese hecho puede desencadenar consecuencias mayores, pues le notificarían por estrados, es decir, con un documento en un lugar visible o por medios electrónicos".

Si el contribuyente estuvo imposibilitado de ver el aviso, explicó, el SAT le fincará un crédito fiscal.

"Al omitir el pago de ese adeudo con el SAT, incurriría en defraudación fiscal", agregó, "que, con la nueva Ley, si el adeudo rebasa los 7.8 millones de pesos, sería lo mismo que delincuencia organizada, similar a la trata de blancas o secuestro.

"Y la sanción: cárcel preventiva sin derecho a fianza".

El pasado martes la Cámara de Diputados aprobó sin cambios la minuta que recibió del Senado para reformar distintas leyes que equiparan la defraudación fiscal con el delito de delincuencia organizada.

Elizondo indicó que la nueva ley concede un total arbitrio a la autoridad fiscal.

"Prácticamente cualquier incumplimiento a una ley fiscal, si el SAT quiere hacer penal el asunto, lo hará porque los supuestos son muy genéricos"; alertó.

"Lo más grave", dijo, "es que la nueva ley contempla defraudación fiscal a la emisión o recepción de comprobantes fiscales que no reúnan los requisitos que marca la autoridad, por ejemplo, si hay un error en el Registro Federal de Contribuyentes o en domicilio fiscal".

Dependiendo del monto, la defraudación fiscal prevé sanciones desde tres meses hasta 9 años de prisión, indicó, pero ahora el contribuyente iniciará su defensa en la cárcel y sin derecho a fianza.

"Una persona o una empresa a las que se les olvide presentar su declaración ya está incurriendo en ese delito".

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