Economía

Advierten posible arbitrariedad fiscal

Incumplir con requisitos de establecimiento permanente causaría que una maquiladora desaparezca

Eduardo Lara
El Diario

jueves, 19 septiembre 2019 | 06:00

El no cumplir con los requisitos de establecimiento permanente puede provocar que una empresa maquiladora desaparezca, por lo que expertos hicieron un llamado a las compañías para mantenerse actualizados y evitar sanciones o situaciones de riesgo ante la autoridad fiscal.

Jorge Armando Meza, gerente de precios de transferencia de la firma Flores Von Borstel y De la Torre explica que una maquila no puede operar si no cumple con todos los requisitos que le solicita la autoridad fiscal, por lo que de no hacerlo, incluso corre el riesgo de desaparecer.

Meza comentó que el llamado “establecimiento permanente” es una figura fiscal que permite a un país donde se encuentra una empresa, gravar sus ingresos en otro país.

“Ejemplo, si una empresa tiene su fuente de ingresos digamos en México, pero no está registrada ante la autoridad fiscal, ésta tiene la facultad de gravar sus ingresos de acuerdo con las actividades que realice y según lo que establezca la ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR)”, dijo.

Asimismo, explicó que el principal riesgo es que si una empresa tiene actividades basadas en esta figura fiscal, no puede generar comprobantes o facturas (Cfdis) de las deducciones, por lo que sus ingresos son gravados sin restricciones.

Meza ofreció una plática en la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) de Ciudad Juárez en donde se abordó el tema de cómo la maquiladora opera bajo este modelo de negocio.

“En México el modelo no fue creado para generar ingresos tributarios sino para crear empleos, entonces la autoridad fiscal exenta a las maquilas del establecimiento permanente siempre y cuando cumpla con ciertas reglas en su operación”, dijo.

Entre los lineamientos que deben cumplir destaca que los ingresos de las empresas provengan 100 por ciento de sus activos de maquila, que las mercancías que se importen temporalmente sean transformadas de alguna forma y sean regresadas a su país de origen, dicho inventario no debe permanecer en México más de seis meses, y que las operaciones realizadas se hagan con activos de la propiedad residente en el extranjero en por lo menos un 30%.

Meza señaló que el objetivo de la capacitación fue que las empresas se mantuvieran actualizadas para dar cumplimiento puntal a los requisitos de la autoridad fiscal, ya que de lo contrario, la compañía pierde el beneficio de establecimiento permanente.

“Están obligadas a cumplir con eso y con las reglas de precios de transferencia, ya sea tributando a partir del 6.5 de sus costos o 6.9 de sus activos de operaciones; o bien, realizando una solicitud de resolución particular de precios de transferencia, es decir, un estudio para presentarlo a la autoridad fiscal y sea ella quien decide cuánto es lo que la empresa debe pagar de impuesto de acuerdo con las actividades que realiza”, dijo.

Finalmente hizo énfasis en la importancia de mantener una buena asesoría para evitar sanciones por parte de la autoridad, pues reiteró que de no cumplir con los requisitos solicitados, la empresa maquiladora incumplida podría hasta desaparecer.

elara@redaccion.diario.com.mx

 

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