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Economía

Aconsejan utilizar 'Validador de RFC'

El SAT otorgó una prórroga de seis meses a los contribuyentes para cumplir con el esquema de facturación CFDI 4.0

Alfredo González
Agencia Reforma

lunes, 13 junio 2022 | 07:32

Agencia Reforma

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Monterrey.- Aun cuando el SAT otorgó una prórroga al nuevo esquema de facturación del Comprobante Fiscal Digital por Internet versión 4.0 o CFDI 4.0, es recomendable usar el "Validador de RFC" para evitar futuros problemas en la deducción de facturas, afirmó Abel Garza Gómez, presidente del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León.

"Si los contribuyentes van a continuar timbrando en la versión de CFDI 3.3, la recomendación es evaluar la posibilidad de validar el RFC, nombre o denominación o razón social y el código postal, utilizando el "Validador de RFC" que ha dispuesto el SAT", indicó.

"Solamente en aquellos casos en que existan inconsistencias en la información, es recomendable solicitar la Constancia de Situación Fiscal".

El pasado 8 de junio, el SAT publicó un comunicado donde otorga una prórroga a los contribuyentes para cumplir con el esquema de facturación CFDI 4.0, cuyo uso sería obligatorio a partir del 1 de julio próximo, pero ahora el plazo fue extendido hasta el 1 de enero del 2023.

El nuevo esquema de facturación requiere más información, como el código postal del receptor de la factura, que en caso de ser distinto al que tiene en sus registros el SAT, sería imposible timbrar ese CFDI, por lo que será invalidado por el sistema, lo que hará imposible su deducción.

Ante el riesgo de que los datos en la nueva facturación CFDI 4.0 fueran inconsistentes, los emisores y receptores de facturas iniciaron el trámite de su Constancia de Situación Fiscal para verificar que fueran los correctos, pero el plazo fue insuficiente, por lo que la autoridad fiscal concedió la prórroga.

"Aquellos contribuyentes que ya timbraron facturas o nómina en la versión CFDI 4.0, podrán libremente, si así lo desean, regresar a timbrar en la versión de CFDI 3.3, incluso hasta el 31 de diciembre del 2022", explicó Garza Gómez.

"Solamente tendrían que validar que el software respectivo se los permita, ya que por parte de la autoridad no existe restricción al respecto".

Confirmó que la prórroga es extensiva al Complemento de Pagos 2.0 y al Complemento de Nómina 1.2, documentos que deben acompañar a las facturas electrónicas de operaciones por ventas diferidas o en parcialidades.

"No debemos perder de vista que esta prórroga no es aplicable al Complemento Carta Porte, pero exhortamos a la autoridad a incluirla dentro de las facilidades de esta nueva prórroga que se está otorgando".

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