Opinion

Género y justicia

Santiago González/
Analista

2018-04-20

Temis “la de las hermosas mejillas” es la diosa helénica que actualmente representa –ya más acercada a la categoría de logo– a la justicia. Una personificación femenina que con los ojos vendados sostiene una balanza en la mano derecha y una espada de doble filo en la izquierda. Originalmente la deidad no tenía los ojos vendados, ello se incluyó en la Edad Media.
Este fue el paradigma por muchísimos años para todas las personas que estudiaron y practicaron el derecho; la justicia no hace distinción, es ciega, estricta e implacable. Cuando en los recientes años se comenzó a incluir la perspectiva de género como categoría obligatoria en todos los casos que se percibiera pudieran existir motivos o desigualdad basada en el género, es decir, que el delito se cometió por odio, placer o sentimiento de propiedad que se pudiera tener sobre una persona por su condición de ser mujer (Patsili 2009), el juzgador o juzgadora debía hacer distinción, quitarse la venda, observar la diferencia de condiciones y circunstancias de las partes y tomar medidas que tiendan a eliminar estas desventajas, es decir, romper con el modelo icónico de la justicia ciega que por cientos de años hemos tenido.
Aplicar imparcialmente, no hacer distinción en la aplicación de una ley que, si hace distinción entre hombres y mujeres, esa fue la máxima que guió la procuración de justicia. Aplicar de manera ciega una ley que por ejemplo dice: “No se sancionará al responsable del rapto, a sus cómplices y encubridores, solo si la mujer ofendida después de conocer y entender sus derechos decide casarse con su raptor”, lo que el Código Penal de Baja California Sur quiso decir es que si la mujer que ha sido secuestrada con fines sexuales decide, para salvar su honra, casarse con su secuestrador y callar el qué dirán, ese hombre loquillo, arrebatado y sus cuates no serán sancionados, muchachos traviesos. Y muchos ejemplos más con los que podría agotar el presente espacio.
La dificultad y resistencia de muchas personas que participan en los procesos para procurar justicia ha sido férrea. La perspectiva de género no es un método aislado, ni un protocolo de pasos a seguir, requiere de la calidad integral de la persona que la aplica, no podrás identificar cómo impacta diferenciadamente una norma o un hecho delictivo a hombres y mujeres si tu visión de las cosas parte de estereotipos asignados a lo que se entiende por ser mujer o ser hombre. Es decir, no puedes desarrollar una labor con perspectiva de género y regresar a tu casa a leer con agrado los chistes sexistas del imperio alpha.
No desarrollar un proceso con perspectiva de género para juzgar un delito que se cometió por razones de género, es equivalente a tramitar un divorcio en la vía mercantil. Simplemente es la herramienta única que llevará a tener una resolución cercana a la justicia. No es un acto de vanguardia derecho humanista, ni un lujo jurídico, es el único método correcto para abordar un delito de esa índole.
La obligación de juzgar con perspectiva de género para México emanó originalmente de la Corte Interamericana en el caso precisamente ocurrido en Ciudad Juárez “Campo Algodonero”, pero además podríamos señalar que el 35 por ciento de las sentencias condenatorias que ha recibido el país, de aquel tribunal internacional, son por violencia de género en casos como violación, tortura, violación del derecho a la vida y la protección judicial entre otros, en contra de mujeres y cometidos por agentes del mismo gobierno. Cabe señalar que los casos llegan a la Corte tras ser valorados por un órgano distinto, que es la Comisión Interamericana, que por lo grave, reiterado y generalizado de las violaciones de un país son llevados a la Corte en un solo caso emblemático de una violación recurrente.
No es opcional ni caben objeciones de conciencia, quien no cuente con perspectiva de género, quien crea que violencia es violencia y no importa de dónde venga, el que piense que la violaron en parte por su culpa, que ella se lo buscó, que la mujer víctima de violencia le gusta que le peguen, tiene que irse de la procuración de justicia, ya sea de la investigación o labor jurisdiccional, no caben en un sistema de justicia, no lo merecemos como ciudadanía. Si su formación, su idiosincrasia no le da para cambiar a este nuevo paradigma, incluso por su misma felicidad, no debe estar en esa labor.
No tengan miedo, no se avecina la dictadura de las mujeres, solo se busca revertir un estado de desigualdad que se consideraba natural, la discriminación normalizada. Si no encuentras beneficio en perder privilegios, consuélate sabiendo que la equidad y justicia es el eje sobre el que una nación puede crecer, desarrollarse y ser más feliz, tanto para hombres como mujeres. 

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