Opinion

¿Elección extraordinaria?

Gerardo Cortinas Murra

2016-07-24

Dos aclaraciones previas: primera: no soy parte del ‘ejercito de asesores’ del PRI que redactó el escrito de impugnación en contra de la elección a gobernador; segunda: la mayoría de las sentencias dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), son “resoluciones políticas”, cuya evidente parcialidad tergiversa no sólo los principios constitucionales en materia electoral, sino además, las reglas más elementales de la lógica jurídica.
En la óptica de los asesores del PAN, los agravios que se argumentan en la impugnación del PRI, “son improcedentes o no son viables procesalmente, ya que los cómputos municipales en los que se recontaron paquetes electorales los resultados obtenidos en la elección y, en consecuencia, la constancia de mayoría y validez otorgada al candidato panista, se dieron con absoluta legalidad”. El alegato panista es simple: “el argumento de agravio por irregularidades en el cómputo resulta insostenible, pues la diferencia entre las boletas recibidas y boletas usadas y sobrantes no resulta determinante para el resultado de la elección, pues la diferencia (117 mil votos) entre el primero y segundo lugar es muy superior”.
A su vez, Leonel “el Coco” Reyes –rebautizado como “el priista rebelde” – analiza la pertinencia política del ejercicio de impugnar la elección de gobernador, en los términos siguientes: “Acostumbrados en la dirigencia vertical y autoritaria del PRI a tomar decisiones sin consultar a nadie, se ejerció tal derecho haciendo caso omiso de la voluntad del soberano para decidir sobre en quién desea depositar el poder ejecutivo… Es evidente, por lo informado en diversos medios, que el IEE cometió errores y omisiones que deben ser aclarados. De eso, a que el Tribunal tenga elementos para anular la elección, hay una enorme distancia”.
El escepticismo de Leonel llega al extremo de cuestionar si los magistrados electorales (que deben su posición a la cuota que le tocó al PRI), estarán dispuestos a arruinar su vida profesional, acatando y aceptando presiones ‘extrajurídicas’ para dictar una resolución que anule la elección”. Además, avizora una maligna profecía: “los actores políticos que buscan la nulidad, son tan miopes, que no ven, que el costo que pagará el PRI será enorme y que en muchos años, el repudio a ese partido retardará su recuperación”.
A mi parecer, la nulidad de la elección de gobernador resulta procedente, en virtud de que las violaciones denunciadas por el PRI son, sin duda alguna, sustanciales y graves, ya que vulneran –de manera sistemática y trascendente– los principios constitucionales de certeza y legalidad. Lo anterior es así, dada cuenta que los actos reclamados se realizaron no sólo durante el desarrollo de la elección (injerencia ilícita del INE), sino también, durante la jornada electoral (sufragios emitidos) y con posterioridad a ésta (cómputo y recuento de votos), de tal forma que “resulta imposible efectuar un análisis con base en información fidedigna que permita calificar de manera objetiva la legalidad y validez de la elección”.
En efecto, las violaciones reclamadas resultan ser generalizadas, toda vez que los hechos denunciados fueron cometidos en todo el ámbito territorial del estado; es decir, no se trata de irregularidades aisladas o focalizadas. Tal y como acontece con la impresión, y la correspondiente distribución y entrega-recepción, de las boletas electorales. Son graves, por la ilícita invasión de facultades, por parte del INE, con la sumisa complacencia del IEE.
Por sí sola, la invasión competencial del INE justifica la nulidad de la elección de gobernador, en virtud de que los actos emitidos por un órgano sin competencia constitucional, son nulos de pleno derecho. Además, la pésima capacitación de los funcionarios de casilla, y el deficiente desempeño de los consejeros de las asambleas municipales y distritales, trajo consigo una generalizada incertidumbre de los resultados de la jornada electoral. Y pare usted de contar…

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