Opinion

Responsabilidades patrimoniales

Luis Javier Valero Flores

2015-10-07

A mediados del 2012, el Gobernador Duarte y la diputación vigente  resolvieron legislar sobre las responsabilidades patrimoniales de los ayuntamientos y el gobierno estatal.

En agosto, el Congreso del Estado, entonces dirigido por el actual alcalde juarense, Enrique Serrano, aprobó la Ley de Responsabilidad Patrimonial. Se publicó a mediados de enero del siguiente año.

La ley contiene varios aspectos novedosos: Que los gobiernos municipales y el estatal deberían contemplar en su presupuesto de egresos una partida para cumplir con las obligaciones derivadas de siniestros, accidentes y otros, cuyo monto se antoja hasta ridículo, pues establece que no exceda “del equivalente al 0.3 al millar del monto total del Presupuesto de Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal correspondiente”.

Sin embargo, establece muy claramente la ruta procesal para acceder a los recursos necesarios, en el caso de presentarse una contingencia en la que el gobierno estatal, o cualquiera de los municipales, deban pagar “indemnizaciones derivadas de responsabilidad patrimonial, se realizarán conforme a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal correspondiente, sin afectar el cumplimiento de los objetivos de los programas que se aprueben en el Presupuesto de Egresos del Estado”. (Art. 6 de la Ley).

Además, en caso de que se excediera ese monto, entonces el gobernador, en el caso de la administración estatal, y de los presidentes municipales, deberán autorizar el “traspaso de los montos presupuestales aprobados a las diferentes dependencias o entidades de la Administración Pública Estatal, para la responsabilidad patrimonial, cuando por la naturaleza de la actividad administrativa de las mismas sea pertinente y se justifique ante las autoridades competentes…”.

Además, en el monto de las indemnizaciones se señala muy claramente el camino que deberán seguir damnificados y autoridades para acceder al pago de aquellas.

No hay lugar a la duda.

A dos años de la tragedia del AeroShow, más allá de los dichos de numerosas voces, una cosa está ausente: la justicia.

Y ésta va más allá del simple ánimo vindicativo, tan presente en amplias capas de la población y, por ventura, no en la mayoría de las víctimas y los deudos de las víctimas fatales.

Es un asunto que deberá resolverse, el de la reparación del daño, integralmente, tal y como lo ha recomendado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, porque hasta ahora sólo se ha centrado en la aplicación de castigos a los funcionarios y empresarios corresponsables, en mayor o menor medida del accidente y que, por desgracia, estamos en condiciones de que se repita, como nos lo ha demostrado fehacientemente el accidente de la semana anterior en Samalayuca.

Es inaceptable que hasta estas fechas las víctimas sigan reclamando la indemnización a la que tienen derecho.

La ley de Responsabilidad Patrimonial le señala la obligación al gobierno estatal y a los municipios de crear una partida especial, le pone un monto determinado y, además, la ruta a seguir, en caso de necesitarse.

Además, señalaba que la ley tendría vigencia a partir de su publicación en enero del 2013.

Las preguntas saltan de inmediato: ¿La administración de Marco Adán Quezada lo hizo para el presupuesto del 2013? ¿La de Javier Garfio, para los ejercicios del 2014 y 2015? ¿Asimismo, el gobierno de César Duarte contempló tal partida en todos esos años, desde el 2013?

De ser así, ¿en dónde están? ¿Por qué no se han usado para indemnizar a las víctimas y no esperar –como lo han dicho numerosas autoridades, del municipio de Chihuahua– a que los procesos penales, civiles y administrativos terminen?

¿Por qué, si una de las divisas centrales del actual grupo gobernante es la de la conciliación en todos los litigios, no lo ha hecho en el que está directamente involucrado?

Porque no es un asunto de Quezada, o de Garfio, o de Duarte, es un asunto de estricta aplicación de la justicia.

Igualmente, a pesar de que se haya indemnizado a las víctimas, y por ello se haya resuelto una parte del accidente de Samalayuca, ¿existe esa partida en el municipio de Juárez? ¿Y si alguna de las víctimas le reclamara al municipio su responsabilidad no asumida y le exigiera, por tanto, la indemnización?

Ellos la crearon, están obligados a poner en funcionamiento tal ordenamiento jurídico.

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