Reforma
2018-12-11Ciudad de México— Un juez federal suspendió la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos al Poder Judicial de la Federación, al considerar que afectaría la calidad de la justicia, y ordenó a la PGR abstenerse de indagar a los funcionarios cuyas percepciones como tal no se ajusten a la norma cuestionada.
Ignacio Beruben Villavicencio, Juez Tercero de Distrito de Colima, otorgó desde el 27 de noviembre la suspensión provisional contra la norma a Zeus Adrián Munguía Ramos, un abogado litigante que alegó que las consecuencias también dañarían a la sociedad.
"Se considera que el interés social se encuentra justificado por el hecho de que la transgresión a los referidos principios constitucionales no sólo impacta al quejoso en lo particular, sino que su afectación se extiende a la sociedad en general en cuanto a que tiene derecho a recibir una justicia pronta, expedita e imparcial y a que sus pretensiones se resuelvan conforme a derecho y sin influencias ajenas, lo que se garantiza a través de la estabilidad de los integrantes de dicho Poder de la Unión, por medio de una remuneración adecuada.
"Se considera necesario vincular al cumplimiento de la presente concesión a las autoridades que en el ejercicio de sus funciones tengan intervención en la aplicación de las disposiciones aludidas, como el Procurador General de la República, en cuanto a la eventual tipificación del delito de remuneración ilícita para que se abstenga de integrar carpetas de investigación", dice el fallo.
El juzgador estimó que una eventual reducción de las percepciones a los impartidores de justicia en principio se traduciría en un daño a la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación.
Por ello, la suspensión establece que las cosas deben permanecer en el estado en el que se encuentran y las autoridades tienen que abstenerse de aplicar las disposiciones de la ley, al menos hasta que se defina si se concede o no la suspensión definitiva.
"Es decir, que se mantengan las remuneraciones nominales y adicionales que perciben los sujetos que habla el párrafo onceavo del artículo 94 de la Constitución (ministros, consejeros de la Judicatura, jueces de distrito y magistrados de circuito y electorales), al menos, conforme al Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2018", resolvió Beruben.
El juzgador señaló a la Cámara de Diputados como una autoridad que también debe darle cumplimiento a la medida suspensional.
En los listados electrónicos no aparece registro de alguna queja presentada por la PGR contra esta suspensión.
El próximo lunes, el juez Beruben llevará a cabo la audiencia incidental en la que definirá si suspende por tiempo indefinido la aplicación de la norma combatida.