Nacional

Aprueba Coahuila pensión a amantes

Agencia Reforma

2015-11-24

Saltillo— La infidelidad saldrá cara en Coahuila, pues el Congreso del Estado aprobó otorgar pensión alimenticia al “segundo frente”, aun cuando no hayan procreado.
La Ley para la Familia aprobada por el Poder Legislativo, establece la obligación de conceder pensión a la persona que tras sostener una relación con alguien casada o en concubinato demuestre quedar “desprotegida” económicamente al no contar con alguien de quien depender.
En el artículo 284 se establece este derecho siempre y cuando la relación de pareja esté fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad aceptada.
También deben demostrar que sostienen una relación de convivencia estable aunque una de las dos partes esté casada o viva en concubinato además de acreditar que existe dependencia económica.
“Al cesar la relación a que se refiere este artículo y alguno de sus integrantes carece de ingresos o bienes que produzcan frutos suficientes para su sostenimiento, tiene derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado aquella relación.
“No podrá reclamar alimentos quien haya demostrado ingratitud”, señala el mismo artículo.
La nueva ley no fija un periodo de duración para considerar que se trata de una relación estable.
La obligación de pagar pensión alimenticia se extingue cuando la persona que la recibe contraiga nupcias, se le reconozca unido en concubinato, celebre pacto civil de solidaridad, o se encuentre unido a una pareja estable de la que dependa económicamente.
El artículo 284 fue uno de los tres que se reservó la bancada del PAN, quien también se opuso a la inclusión del derecho al matrimonio y a la adopción a parejas del mismo sexo.
El Congreso del Estado también discutirá el nuevo Código de Procedimientos Familiares, con lo que la justicia familiar se deslinda de la justicia civil en el Estado.

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