Local

En jaque, juicio por asesinato de mujeres

Blanca Elizabeth Carmona/
El Diario

2015-07-15

La falta de pruebas por parte del Ministerio Público para acreditar que los seis acusados asesinaron a 11 mujeres, mantiene en jaque el juicio histórico iniciado hace tres meses por el caso de las féminas desaparecidas cuyos restos óseos fueron encontrados en el Arroyo del Navajo.
Ante el temor de que se emita un fallo absolutorio, la organización “Justicia para Nuestras Hijas”, que funge como auxiliar del MP, solicitó ayer al Tribunal de Juicio Oral reclasificar la presunta participación que tuvieron los seis sospechosos en el delito de homicidio.
La petición aplazó otra vez el veredicto final pues la audiencia para resolver lo solicitado y proceder con el fallo se reprogramó para mañana.
Norma Ledezma Ortega, coordinadora general de la agrupación y quien actúa en el juicio oral en representación de cuatro de las 11 víctimas, pidió a las juezas que consideren que la participación de Manuel Vital Anguiano, César Félix Romero Esparza, Edgar Jesús Regalado Villa, José Gerardo Puentes Alva, Jesús Hernández Martínez y José Antonio Contreras Terrazas en cuanto al ilícito de homicidio es un delito emergente.
Es decir, que inicialmente estas personas planearon cometer el ilícito de trata pero no los asesinatos, que estos se llevaron a cabo cuando las víctimas “ya no les servían y para que no los delataran”, dijo.
Sin embargo el MP considera que los acusados son coautores en el delito de homicidio. Específicamente que incurrieron en lo que la ley llama concurso ideal de delitos, esto es, que con una conducta cometieron dos delitos: trata y homicidio. Empero, no presentó pruebas respecto a qué hizo cada uno de los ahora detenidos para privar de la vida a las jóvenes, ni cómo las mataron.
Las posturas de la coadyuvancia y del Ministerio Público significan dos clasificaciones jurídicas diferentes respecto a los mismos hechos y acusados, presentadas por las dos partes que defienden a las víctimas y que al parecer se hace porque no hay pruebas directas de que los ahora procesados sean los autores materiales de los crímenes de las jóvenes y quieren darle opciones al Tribunal o cerrar todos los posibles vacíos en cuanto a la falta de pruebas para el ilícito de homicidio.
Al respecto, Ledezma Ortega indicó que la decisión de presentar esa petición al Tribunal fue autónoma sin contar con la anuencia del Ministerio Público porque existe el riesgo de que se dicte una sentencia absolutoria por falta de pruebas directas en relación al delito de homicidio y explicó que lo hizo con fundamento en el Artículo 356 del Código de Procedimientos Penales del estado de Chihuahua, sin embargo en ese apartado se establece que la facultad de plantear una clasificación jurídica distinta es únicamente del Ministerio Público.
Los procesados también enfrentan cargos por el delito de trata, pero respecto a este no hay posturas diferentes por parte del Ministerio Público y esa coadyuvancia y al parecer las pruebas presentadas se consideran suficientes para acreditar la responsabilidad penal de los seis detenidos.
“Por lo que hace únicamente a la forma que les atribuye a los acusados el delito de homicidio ya que según lo resuelto (por el MP) que se pudiera actualizar el concurso real a título de dolo eventual pero a esta coadyuvancia le parece más exactamente aplicable la figura de delito emergente y por ello en este momento hacemos una clasificación jurídica diferente y en cambio les atribuimos a los acusados el delito de homicidio como delito emergente según lo prevé el Artículo 24 en sus fracciones II y III del Código Penal.
“Pues se demostró fehacientemente que forman parte de un grupo criminal organizado que participaron como coautores en el delito de trata de personas de personas, que formaron parte activa en la prostitución de las 11 víctimas y que el delito de homicidio resulto ser una consecuencia necesaria del delito de trata de personas”, indicó Ledezma.
Ante la petición, en la audiencia el agente del Ministerio Público Noel Orlando Jiménez Holguín señaló que el deseo de la Fiscalía es que el Tribunal quedé como pretensión alternativa lo solicitado por Ledezma.
“Esta representación social no riñe con la propuesta de clasificación jurídica que hace la coadyuvancia de Norma Ledezma, nos parece que en materia de derecho penal nada es absoluto y consideramos que puede ser encuadrable la posibilidad de atribuirles a los acusados el homicidio a título de concurso ideal de manera dolosa en coautoría. Sin embargo, no descartamos la posibilidad de que pueda ser delito emergente, como lo plantean”, indicó el fiscal a cuando el Tribunal le pidió que fijara una postura.
Datos extraoficiales indican que el fiscal de género, Ernesto Jauregui, se negó a reclasificar la presunta participación de los seis acusados.
Durante el proceso de investigación, integración de la carpeta y de judicialización del caso –que llevo años y en esta última fase paso por diversas etapas, incluida la depuración de pruebas– al parecer el Ministerio Público no advirtió o no quiso reconocer que no hay pruebas directas de que los ahora acusados fueron los autores del delito de homicidio en perjuicio de las 11 mujeres.
Sumado a eso se desconoce la causa de muerte de Jazmín Salazar Ponce, Lizbeth Áviles García, Mónica Liliana Delgado Castillo y Beatriz Alejandra Hernández Trejo, informó el agente del Ministerio Público Noel Orlando Jiménez Holguín al presentar sus conclusiones el martes pasado. 
Mientras que respecto a Jessica Terrazas Ortega, Deysi Ramírez Muñoz, María Guadalupe Pérez Montes, Perla Ivonne Aguirre González, Idalí Juache Laguna, Jesica Leticia Peña García y Andrea Guerrero Venzor los peritos pudieron determinar que perdieron la vida a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico y en el caso de la última joven al parecer se encontraba embarazada.
Ante esta solicitud de reclasificación, la defensa de cinco de los procesados dijo “este es un acto desesperado en un intento de querer subsanar a través del acusador coadyuvante en este caso Norma esa negligencia durante el proceso de investigación”.
La defensora pública penal, Yesica Jáquez, también evidenció que desde un inicio del Juicio Oral la coadyuvancia tuvo la oportunidad de pedir la reclasificación y lo hizo hasta el cierre del enjuiciamiento lo que deja a sus representados en estado de indefensión y desventaja. Adicionalmente expuso que sólo el Ministerio Público tiene el monopolio para ejercer acción penal.
Finalmente para no vulnerar los derechos de los acusados ante la petición de reclasificación, el Tribunal de Juicio Oral decretó un receso para darle a la defensa de los acusados la oportunidad de atacar la nueva clasificación.
El juicio reiniciará mañana.
Este Juicio Oral marcado como 267/14 inició el 13 de abril pasado. Desde el martes pasado se esperaba un veredicto pero ese día el Ministerio Público expuso durante casi siete horas sus alegatos de clausura y en otra media hora el coadyuvante de la “Red Mesa de Mujeres”, Santiago González Reyes, hizo lo propio. Luego se decretó un receso para seguir ayer cuando al final del día las juezas ordenaron un nuevo receso. (Blanca Elizabeth Carmona/ El Diario)
 

X