Economia

Advierten multas por ley de lavado

Reforma

2018-09-19

Ciudad de México— Por falta de conocimiento de la Ley de Lavado de Dinero los contribuyentes enfrentan multas que podrían consumir la totalidad de su patrimonio, señaló el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
Con la entrada en vigor de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones de Procedencia Ilícita (LFPRIORPI), conocida como Ley de Lavado de Dinero, obliga a los contribuyentes que operan actividades vulnerables dar aviso a las autoridades de estas operaciones.

Al no dar aviso de operar alguna de esas actividades o de darse violaciones a los límites de efectivo, la ley señala una multa que puede ubicarse entre 10 mil y 65 mil veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), esto es entre 806 mil pesos y hasta 5 millones 239 mil pesos, señaló en conferencia de prensa José Besil Bardawil, presidente del IMCP.

"El impacto económico que puede generar la imposición de las multas puede llegar a absorber el patrimonio total de cualquier contribuyente", dijo.

Entre las 17 actividades vulnerables que señala la ley, que entró en vigor en julio de 2013, se encuentran juegos con apuesta, sorteos o concursos, venta de boletos, emisión de tarjetas de prepago, comercialización de piedras preciosas y joyas, así como obras de arte y vehículos, traslado o custodia de dinero, recepción de donativos entre otras.

Uno de los grandes problemas para el cumplimiento de esta ley, explicó, es que aún no se conoce a profundidad por muchos de los agentes obligados, lo que ha contribuido a que el cumplimiento sea muy bajo y algunos contribuyentes enfrenten multas millonarias.

Las multas, detalló Besil Bardawil, no se imponen en función de recursos recibidos, sino simplemente por el incumplimiento del aviso, algo que los contribuyentes deben tener claro.

De acuerdo con el Instituto, para solucionar el bajo cumplimiento debe haber difusión a las obligaciones que implica la ley, lo que se deberá realizar en conjunto con las autoridades.

Adicionalmente, Besil Bardawil señaló que al no tratarse de multas fiscales, no pueden ser mitigadas por el principio de espontaneidad, el cual implica que si un contribuyente acude a ponerse al corriente en sus obligaciones por cuenta propia tiene un beneficio y la multa no se genera.

"A la autoridad no le interesan las multas, no es un aspecto de recaudación como es el caso fiscal. A la autoridad más le interesa el correcto cumplimiento de esta obligación que la imposición de las multas", aseguró Besil Bardawil.

Por esta razón, el Instituto solicitará a las autoridades la oportunidad de un periodo de amnistía en el cual, además de más difusión de las obligaciones, los contribuyentes puedan dar aviso al SAT de sus operaciones vulnerables, sin que la multa les sea aplicable, con lo que se incentivaría el cumplimiento.

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