Economia

Requerirán licencia para criptomonedas

Reforma

2018-09-10

Ciudad de México.- Las empresas que busquen ofrecer criptomonedas acumulables en monederos electrónicos deberán obtener la licencia del Banco de México, según las reglas secundarias de la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech).

La Circular 12/2018 del Banco de México (Banxico) fue publicada hoy en el Diario Oficial, dirigida a instituciones de fondos de pago electrónico, que forma parte de la regulación secundaria de la Ley Fintech.

Esta regulación abrió la posibilidad de que los comercios en línea ofrezcan a través de empresas Fintech especializadas en fondos de pagos electrónicos un esquema similar al de generación de puntos.

La diferencia es que en lugar de puntos podrían emitir su propia criptomoneda para que sus clientes paguen con ellas, siempre que Banxico lo autorice.

"Para que las instituciones de fondos de pago electrónico puedan realizar aquellas operaciones que resulten procedentes con activos virtuales, incluida la emisión de fondos de pago electrónico, deberán contar con la autorización del Banco de México", se menciona en la regla.

Las reglas del banco central también establecieron que las instituciones de pagos electrónicos deberán clasificar sus cuentas en uno de tres niveles.

En las cuentas del nivel uno, los abonos no podrán exceder 750 Udis al mes y en ningún momento los saldos en las cuentas podrán superar mil Udis.

A su vez, los abonos para las cuentas del nivel 2 estarán limitadas a 3 mil Udis al mes, mientras que las cuentas del nivel 3 no tendrán límite, salvo que, la institución de fondos de pago electrónico lo pacte con su cliente.

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