Cinthya Ávila
El Diario
Retrasar la cancelación de pólizas sin justificación, ventas disfrazadas y atadas, quedaron prohibidas por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) a las instituciones de seguros.
Las disposiciones en materia de buenas prácticas y transparencia de las aseguradoras fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de diciembre de 2015 y el pasado 23 de junio venció el plazo de 180 días para que las compañías hicieran los ajustes necesarios.
Entre los aspectos que quedan prohibidos y se consideran como mala práctica está demorar la anulación de contratos sin que exista causa aparente e inducir a la compra de un seguro bajo términos ambiguos, como “es un beneficio que se otorga sin costo”.
También se considera como un acto abusivo contactar al usuario con el pretexto de una actualización de datos para comercializar algún seguro o servicio de terceros.
Federico Ransom Becker, presidente de la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas (Amasfac) señaló que cada institución debió hacer los cambios pertinentes para cumplir con lo dispuesto por la Condusef.
Mencionó que lo anterior es con la finalidad de mejorar la relación de profesionales del gremio de aseguradoras con los contratantes.
El documento publicado en el DOF también señala que en el caso del ofrecimiento de dicho producto por teléfono, si la respuesta es negativa, el ofertante deberá abstenerse de ofrecer el artículo durante los siguientes 12 meses posteriores.
A su vez, se prohíbe negar la revocación de la prima vía telefónica, cuando la adquisición se hizo por ese medio.
Ransom Becker comentó que es poca la promoción por dicho método e indicó que es poco favorable, ya que el comprador no tiene contacto directo con el asesor.
Dijo que en ese sector lo que más se coloca son protecciones para autos y de orden masivo, principalmente por parte de empresas maquiladoras.
Entre las normas para ese apartado se indica que si el interesado cancela dentro del primer mes de vigencia, la empresa tiene la obligación de proceder en el momento en que sea solicitado y reintegrar el costo dentro de los primeros 5 días hábiles.
Además, cada establecimiento deberá integrar un reporte semestral de cumplimiento, que será entregado a la Condusef.
De acuerdo con la comisión, las quejas más comunes que recibe la dependencia en tema de seguros son por contratos no autorizados.
Las sanciones dependerán de la falta que comentan las aseguradoras. Se solicitó información a la oficina local de la Condusef sobre el asunto, pero no hubo respuesta a la solicitud de información.
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