Economia

Medidas antilavado atan a las empresas a dólar caro

Martín Coronado/
El Diario

2015-07-27

Las restricciones impuestas por la ley antilavado de dinero obligan a las empresas a comprar los dólares que requieren en bancos o al mayoreo, a un precio entre 30 y 60 centavos más caro que el que ofrecen los centros cambiarios.
José Luis Reyes Castorena, especialista en las leyes antilavado y director del despacho Key Firm, explicó que resulta muy riesgoso para una empresa, incluso aquellas que llevan su contabilidad con toda rectitud, aprovechar el bajo costo de los centros cambiarios, porque se exponen a revisiones y auditorías tanto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, como de Hacienda.
El peso ya acumula un 25 por ciento de devaluación en lo que va de esta administración federal, lo que está poniendo en problemas a las empresas que buscan la manera de conseguir dólares baratos para poder cumplir sus compromisos en dicha divisa, ya sean deudas, o compra de insumos y cumplimiento de contratos.
Ayer fue un día estable para la cotización peso-dólar, pero sigue caro. Los centros cambiarios ofrecieron la divisa entre los 15.86 y los 15.95 pesos. En contraste los bancos lo colocaron entre 16.50 y 16.60 pesos, mientras que los operadores que venden al mayoreo lo vendieron alrededor de 16.3150.
Eso significa que los centros cambiarios lo venden 35 centavos más barato que las operaciones al mayoreo, y 65 centavos por debajo del precio de los bancos. La diferencia no parece grande pero al comprar 10 mil dólares en centros cambiarios, el ahorro sería de 3 mil 500 pesos contra instituciones que venden al mayoreo.
Si se compran en centro cambiario al acreditarlos en alguna cuenta bancaria, el ahorro sería de 6 mil 500 pesos por cada 10 mil dólares en bancos.
El problema, explica Reyes Castorena, es que desde el 2012 el gobierno Federal reguló a los centros cambiarios (conocidos como casas de cambio, aunque para el Gobierno ese término se refiere a los establecimientos que venden al mayoreo) para evitar el lavado de dinero.
Reyes Castorena dijo que un centro cambiario debidamente registrado, debe generar reportes a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en varios supuestos.
Cuando alguien acude a un centro cambiario y cambia 500 dólares o más se le solicita una identificación oficial, cuyos datos se ponen en un formato y se incluyen en un reporte mensual que se entrega a la CNBV. El formato incluye información sobre si el dinero es propio o de alguien más.
Cuando la operación supera los 3 mil dólares, el centro cambiario queda obligado a sacar una copia de la identificación oficial del cliente, y a llenar un formato con más datos, y también se incluye la pregunta sobre si es dinero propio o de alguien más.
A partir de 5 mil dólares, se recopilan los mismos datos, pero el centro cambiario tiene la obligación de generar un reporte de operación relevante, que se envía de inmediato a la CNBV.
Si un cliente va por miles varios días, advierte Reyes Castorena, el sistema, dependiendo del umbral de riesgo del centro cambiario, genera un reporte inusual y se envía una investigación sobre la persona que está efectuando esos cambios.
Además los centros cambiarios, explica Reyes Castorena, deben presentar reporte de operaciones “inusuales”, como por ejemplo cuando un taxista genera una operación de 6 mil dólares. “La inusualidad es cuando la operación no coincide con su perfil”, explica.
Explicó que todos estos reportes se compilan en una base de datos de la CNBV y abren carpeta de investigación y en su momento abordan al cliente o al centro cambiario si hay algo fuera de orden.
“Estos informes son reunidos por la CNBV y a través de sus sistemas llevan una cuenta precisa de cuánto está cambiando cada persona. Cuando les parece algo sospechoso, envían una investigación”, afirmó Reyes Castorena.
El presidente del Colegio de Contadores, Rogelio Muñoz Sapién, dijo que aún con todas las medidas, hay gente que lo está haciendo, pero se exponen a revisiones y auditorías por parte de Hacienda y la CNBV.
Explicó que las empresas se están exponiendo a este tipo de revisiones, sobre todo cuando no pueden pagar el tipo de cambio alto como el que ofrece el banco.
Por su parte Egdar García, vicepresidente de Centros Cambiarios de la Cámara Nacional de Comercio, dijo que las operaciones están muy fiscalizadas.
Dijo que cuando las personas morales compran dólares incluso tienen la obligación de presentar el RFC, y el acta constitutiva, dependiendo del monto que quieran comprar.
Explicó que lo más que pueden vender son 10 mil dólares diarios, y de esa cifra en adelante, tendrían que conseguirlos con instituciones que lo venden al mayoreo, como casas de cambio y bancos.
Dijo que la CNBV es muy estricta con los controles que impuso, pues se trata de medidas antilavado de dinero que están supervisadas incluso por autoridades judiciales, como la Procuraduría General de la República, además del SAT.
Reyes Castorena explicó que los empresarios sí pueden comprar dólares a los centros cambiarios, pero que debido a que este tipo de establecimientos sólo utilizan efectivo, en ese momento se puede perder la cadena de seguimiento antilavado y por eso se generan alertas ante la Comisión Bancaria.
Añadió que se pueden utilizar los tickets que dan los centros cambiarios para demostrar entrada y la salida del dinero y no hay mucho conflicto fiscal, pero que con el puro hecho de generar una alerta antilavado de dinero se le dan argumentos a la autoridad para meterse en las cuentas de las empresas.
mcoronado@redaccion.diario.com.mx

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