Opinion

Mejor que todo siga como está

Francisco Ortiz Bello/
Analista

2017-12-14

La reciente aprobación en el Senado de la República, de la Ley de Seguridad Interior ha levantado una gran polvareda en todo el país. Se han despertado los demonios del derechohumanismo y de sus defensores a ultranza para linchar a la ley y a quienes la aprobaron. Igual que en la época de la inquisición, quemar en leña verde a quienes osaron poner en riesgo así nuestras vidas y nuestro destino.
Pero ¿de verdad es tan perversa, maléfica y peligrosa esta ley? Vale la pena hacer un alto en el camino, y sentarnos a reflexionar sobre el tema. Vale la pena calmarnos y analizar detenida y fríamente su contenido.
Lo primero que habría que preguntarnos es ¿todos quienes la critican y descalifican, ya la leyeron? ¿La conocen bien? Resulta fundamental para este ejercicio tener un conocimiento mínimo de la misma. Básico. No se puede descalificar y criticar algo que se desconoce, a menos que se haga como imitación a lo que otros hacen, lo que nos convertiría automáticamente en simples títeres bajo hilos del titiritero.
Una vez analizado este punto, la siguiente pregunta es ¿cuál es el objetivo de esta Ley? ¿Cuáles son sus alcances? Para poder comprender mejor sus posibles efectos en la ciudadanía.
Uno. En el artículo 11 de la Ley de Seguridad Interior, se establece que el presidente de la República podrá ordenar, por sí o a petición de los congresos de los estados, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior, es decir, una intervención del Ejército y la Marina en zonas de conflicto. Eso mismo ya ocurre hoy, sin que esté regulado por ninguna Ley ni de ninguna manera.
De hecho, el presidente Calderón fue el primero en ordenar la salida de los militares de sus cuarteles, para atender temas de seguridad pública en las entidades con mayores brotes de violencia y criminalidad.
Dos. Cuando se considere que existen amenazas que “comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla”, o se identifique “la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas y municipios en la preservación de la Seguridad Nacional”.
Cuando se expida la declaratoria, debe contar con la autorización del Consejo de Seguridad Nacional, y luego la Secretaría de Gobernación debe notificar a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para proceder a la publicación en el Diario Oficial de la Federación. Nada de esto ocurre hoy, cuando el presidente ordena que el Ejército, o la Marina, intervengan en las entidades federativas. Esta ley daría certeza en ese sentido.
Tres. No obstante, en el artículo 16, también se establece que “en aquellos casos en que las amenazas representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de gobierno”, el presidente de la República, “bajo su estricta responsabilidad”, podrá ordenar acciones inmediatas de las Fuerzas Armadas.
Lo anterior, se señala, “sin perjuicio de la emisión de la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior en el menor tiempo posible”.  Es decir, se prevé una reacción inmediata brincando todo el procedimiento y protocolo establecidos, mismo que se deberá retomar a la brevedad posible.
Cuatro. El artículo 7 indica que “los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de esta Ley deberán someterse, en todo momento y sin excepción, a la preservación irrestricta de los derechos humanos y sus garantías, de conformidad con los protocolos emitidos por las autoridades correspondientes. Lo que resulta por demás ocioso porque, se supone, que las actuaciones de todos los cuerpos policiacos, paramilitares y militares en nuestro país deben acatar sin restricción alguna, los ordenamientos que protegen y tutelan los derechos humanos. Sin embargo, es algo que tampoco ocurre hoy.
En resumen pues, es una ley que pretende regular con puntualidad y precisión, la actuación de los militares en tareas de seguridad pública. Y yo pregunto ¿Qué no es mejor eso que la enorme laguna legal que hoy existe? Los militares ya están en las calles, ya realizan tareas de seguridad pública, ¿Qué no es mejor regular esa actuación? Esa ley es mejor que nada.

fcortizb@gmail.com

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