Opinion

Otra vez el aborto

Jesús Antonio Camarillo/
Académico

2017-09-01

Recientemente, en Ciudad Juárez, una estudiante de medicina acusada del delito de aborto fue vinculada a proceso penal. Según reportes periodísticos, las partes le solicitaron al juez la suspensión del proceso a prueba, condicionando a que la procesada resida en su domicilio y acuda a firmar cada quince días.
La sola nota periodística despertó controversia en las redes sociales. Las típicas posiciones a favor y en contra se hicieron presentes. No es para menos, el aborto implica una decisión en la que por más que le busquemos, un principio o bien considerado como básico resultará menoscabado; sin embargo, la peor posición que se puede asumir es la que de manera apriorística tiende a criminalizar a la mujer que decide practicarse el aborto.
Y, erróneamente, esa es la perspectiva que asumen todavía los ordenamientos jurídicos secundarios en México. Esa criminalización de la mujer no encuentra soporte en las normas constitucionales ni tampoco en la convencionalidad suscrita por el Estado mexicano, pero se mantiene como una muestra del anacronismo de la legalidad ordinaria mexicana.
Al respecto no faltará quien esgrima que sí existe en la convencionalidad una norma que establezca el fundamento para la punibilidad de la práctica abortiva y citarán, como algunos lo hicieron en las redes sociales, el primer párrafo del artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que señala: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.
Ese derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”; sin embargo, como bien lo aclaró el derechohumanista Carlos Gutiérrez Casas, México mantiene su reserva sobre dicha disposición, es decir, no ha sido suscrita por el Estado mexicano tal disposición. Pero además, el precepto de la Convención es por demás ambiguo y mantiene una evidente textura abierta. Aunado a eso, el problema del aborto involucra una serie de elementos morales y culturales que van más allá de la estrecha fórmula sobre una supuesta garantía absoluta de la vida.
En ese sentido, pretender seguir manteniendo la discusión sobre el aborto en base a catálogos de normas o de comportamientos a nada conduce, pero lamentablemente ni los legisladores, ni el Constituyente revisor ni la Suprema Corte de Justicia han tenido los tamaños suficientes para entrar al fondo de la discusión con el fin de destrabarla.
Un contraejemplo de tal contumacia, lo encontramos en el ministro de la Suprema Corte de Justicia, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Zaldívar en un voto particular formulado en el 2015, con relación a un caso que llegó hasta el alto tribunal y cuya ponencia de haber encontrado mayoría hubiera dado un vuelco a la cuestión, inserta el aborto en un panorama amplio, haciendo hincapié en que la regulación secundaria es todavía la manifestación de una ideología que sigue concibiendo a la mujer como un ente cuyo papel principal es la procreación, independientemente de las valoraciones internas que puede tener una mujer para abortar.
En ese voto, Zaldívar alude también a la vulneración al derecho al libre desarrollo de la personalidad de las mujeres, en virtud de que las decisiones reproductivas de ellas forman parte de su vida privada, por lo que la injerencia arbitraria e injustificada de las autoridades en ese ámbito, transgrede dicho derecho.
En otra parte, el ministro califica el potencial efecto estigmatizador de las normas punitivas del aborto, al considerar que autorizar la realización del aborto sólo cuando está en peligro la vida de la mujer, deja entrever que la salud de las mujeres tiene menos valía que el producto de la concepción.
Recordemos que al deliberar sobre la ponencia de Zaldívar, los otros ministros  de la Primera Sala votaron en contra, pero no por cuestionarse los elementos de fondo, sino por privilegiarse, como siempre, la forma. El amparo sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto se desechó. La discusión sigue abierta.

epistemek@yahoo.com

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