Carlos Murillo
2017-02-25En este apartado, se muestran algunas de las narrativas de los operadores del Sistema Judicial Penal en Chihuahua que fueron recabadas en dos entrevistas. La información atiende a dos temas: La prisión preventiva y la discriminación adentro de los reclusorios, ambos son piezas importantes de lo que llaman la “epopeya judicial”, ese complejo entramado de pasos legales que desembocan en una sentencia y el cumplimiento de una condena.
En las conversaciones aisladas sostenidas con funcionarios y exfuncionarios que pertenecieron a la Fiscalía General del Estado (FGE) y al Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), surgieron algunas de las dudas y reflexiones que se convirtieron en preguntas en el cuestionario de los operadores del sistema.
Según es posible apreciar durante la investigación, es en el Sistema Judicial, donde el tema de los derechos de los pueblos originarios es tratado con cierto pudor para los operadores encargados de defender a los tarahumaras en la zona geográfica de la Sierra Tarahumara.
Quizá este pudor es porque los casos de indígenas representan una profunda falla del sistema porque, según los testimonios de los presos, su defensor de oficio es otra figura decorativa en el “drama judicial” que apenas sí comparece para darle trámite a las cuestiones más elementales. En resumen no defiende, es un burócrata de la justicia.
Es importante recordar que las dos premisas principales en el discurso del Estado, cuando se implementaron los Juicios Orales en Chihuahua, eran que serían más rápidos y más justos. Marginalmete, se hablaba de que, en el anterior sistema, llamado tradicional, el juez nunca daba la cara, ni las partes entraban en un auténtico debate.
Uno de los informantes del Poder Judicial me dijo: “A mí, algo que me preocupa mucho y, en relación con los procedimientos abreviados es que, se force al imputado a declararse culpable, eso es algo que me preocupa, por el hecho de que, como siempre están sujetos a prisión preventiva por la clase de delitos que se cometen, me da miedo de que maliciosamente se pueda presionar al imputado, de que oye, ¿no aceptas el procedimiento abreviado? no pos no; quiero irme a juicio...ah bueno ahí te quedas, más tiempo en prisión preventiva, y al cabo de bastantes meses más... ¿qué onda? No me quiero ir a juicio... ah no quieres el procedimiento abreviado: más tiempo prisión preventiva, “....entonces sí me da el temor de que se pueda utilizar la prisión preventiva como medida de presión para que sabes qué a la fregada ya acepto el abreviado y lo que venga pero ya, sí me da un poquito de temor pero pues no lo he tenido yo así de un caso a este lo presionaron... pero sí me queda el temor de que se puede mal usar o presionar a través de la prisión preventiva...” (Entrevista, 2015).
Hoy, nueve años después de implementados los Juicios Orales, los indiciados sí ven a los jueces y está la posibilidad de que las partes aborden un debate judicial, en caso de que decidan irse al Juicio Oral. Sin embargo, en Guachochi el 100% de los casos se resuelven con el procedimiento abreviado, ¿es esto mejor o peor?.
Otro dato nuevo que resultó ser relevante en el tema de los derechos indígenas, fue la discriminación que viven en las cárceles donde la población de mestizos es mayoría; esto sucede cuando los tarahumaras
son detenidos por cometer un delito en otros lugares del estado, el más alejado de la Sierra de Chihuahua es Ciudad Juárez o la ciudad de Chihuahua, ambos municipios son los más poblados, de modo que también las cárceles atienden a esa lógica de acuerdo a la población.
En las cárceles de las grandes ciudades los internos crean su propio sistema de reglas, aunque se intenta controlar con medidas de seguridad, finalmente la dinámica de la población carcelaria sigue la lógica de una pequeña aldea estratificada, con distintos grupos al interior, algunas bandas de criminales mantienen el control del tráfico interno de mercancías y sustancias prohibidas, o de las redes de asesinos a sueldo o extorsionadores que operan desde los Ceresos.
Entre tanto, este gobierno de internos reproduce las prácticas de sometimiento de los internos más vulnerables, en este caso los indígenas, que son víctimas de abusos de todo tipo, el fiscal general lo explica de este modo: “Hicimos un estudio más profundo, ya no meramente del aspecto procesal, sino de la situación y condición física de estar en el interno, como una minoría, rodeado de internos que normalmente, por ser minorías los indígenas, se convierten en objeto de burlas, en objeto de discriminación y llegamos al extremo de darnos cuenta, de que en algunos centros penitenciarios, no quisiera usar el termino esclavos, pero los utilizaban como sirvientes, en la condición en la que los demás reos los trataban a estas personas, esto desde luego que generaba una condición muy complicada para ellos, había abusos de todo tipo, desde quitarles lo que tenían, desde problemas de golpes, de acosos, inclusive problemas de carácter sexual y para poder ellos defender, para poder enfrentar a las grandes mayorías, nos dimos cuenta que la situación de ellos era mucho, muy complicada...” (2016, entrevista).
La discriminación de los indígenas en otros centros penitenciarios es un reflejo social. Es entendible que en la cárcel, contrario al discurso de la reinserción social, los internos que han cometido un crimen están fuera de la dinámica social que les exige cierta conducta por considerarlo un valor ético o moral, en este caso el respeto a la diversidad como un principio que se debe cumplir, sin embargo, las reglas al interior del Cereso tienen otros valores, generalmente por la fuerza, de modo que, sin la necesidad de cumplir con alguna regla de respeto o de moral social y con un nuevo código, los internos mestizos someten a sus intereses a los indígenas, prácticamente hasta convertirlos en sirvientes que se encarguen de las labores de limpieza del lugar y de la ropa, sin mediar retribución por ello.
El fiscal general considera este antecedente como el más relevante para decidir crear un nuevo Cereso especial para indígenas, con lo que se pretendía mejorar las condiciones y sacarlos de una situación de marginación por las condiciones de marginalidad de que son objeto.
La prisión preventiva para los indígenas representa un callejón sin salida para los tarahumaras, es una forma de presionar a los indiciados para que acepten el procedimiento abreviado y renuncien al Juicio Oral y, en otros Ceresos de Chihuahua (en el de Guachochi sería la excepción), existe un alto riesgo de que sean sujetos de discriminación por parte de los mismos internos.