Nacional

Revisará SCJN objeción de conciencia

Reforma

2018-06-19

Ciudad de México— Un ministro de la Suprema Corte de Justicia admitió hoy a trámite una acción que impugna la legalización a nivel nacional de la objeción de conciencia en la prestación de servicios médicos.

El ministro Arturo Zaldívar aceptó la demanda de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma de mayo pasado que agregó un artículo 10 Bis a la Ley General de Salud.

"El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación del servicio que establece esta ley", se lee en el artículo.

Agrega que cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una emergencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia y, en caso contrario, se incurriría en una causal de responsabilidad profesional.

La admisión de la acción de la CNDH no suspende la vigencia de la reforma, por lo que la objeción de conciencia será legal durante todo el tiempo que tome la Corte para resolver el caso.

El organismo alega que la objeción de conciencia tendría que estar prevista en la Constitución, pues afecta el ejercicio del derecho humano de acceso a la salud.

"Alegando la libertad de conciencia, el personal médico y de enfermería pueden negar los servicios médicos a personas por razones de salud (incluidos el VIH/SIDA), de género o de preferencias sexuales, al ir en contra de sus convicciones atender a personas en determinada situación", dice la demanda.

Otro tema relevante es el acceso al aborto, en los casos y situaciones en que lo permiten las leyes respectivas.
Varias normas de jerarquía inferior a la Ley General de Salud ya preveían, de forma más detallada, la objeción de conciencia en ciertos casos, entre ellas la Norma Oficial Mexicana que ordena practicar abortos cuando el embarazo resulta de una violación, así como las leyes de Salud y Voluntad Anticipada de la Ciudad de México.

"El legislador ordinario federal tenía la posibilidad de configurar una disposición normativa que resulta igualmente idónea para garantizar el fin que pretendía -a saber, el ejercicio de objeción de conciencia-, interviniendo con menor intensidad el derecho fundamental de protección a la salud", sostiene la CNDH.

El Ombudsman también pidió a la Corte invalidar dos artículos transitorios de la reforma, pues se dejó a la Secretaría de Salud emitir "disposiciones y lineamientos" para el ejercicio de la objeción de conciencia, lo que violaría el principio de reserva de ley al dejar puntos centrales en manos de una dependencia del Ejecutivo.

Cabe mencionar que la reforma también obliga a todas las Legislaturas estatales a adecuar sus respectivas leyes de Salud.

Por lo pronto, Zaldívar emplazó al Congreso y al Ejecutivo federal para que defiendan la reforma, y no tiene un plazo para presentar su proyecto de sentencia al Pleno, pero es muy poco probable que el caso sea discutido este año.
Para invalidar cualquier aspecto de la reforma, se requiere el voto de al menos ocho de los 11 ministros.

@

X