Nacional

Promulga Peña 'ley chayote'

Reforma

2018-05-11

Ciudad de México– Pese a la exigencia de organizaciones civiles de no promulgar la llamada "Ley Chayote", el Presidente Enrique Peña Nieto firmó el decreto con el que expide la Ley de Comunicación Social.

Éste aparece en el Diario Oficial de este viernes, y se indica que el documento fue firmado por el Primer Mandatario el 8 de mayo.

La legislación de 45 artículos y ocho disposiciones transitorias regulará la contratación de propaganda oficial.

"La presente Ley tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos", indica el artículo segundo.

En noviembre pasado, la Suprema Corte de Justicia resolvió un amparo promovido por organizaciones sociales, en el cual ordenó al Congreso expedir la norma reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 constitucional a más tardar el 30 de abril.

Sin embargo, organizaciones civiles y organismos internacionales aseguran que no se cumple con ese mandato.

La legislación ha generado tal controversia, que incluso Jan Jarab, representante en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) aseguró que con su aprobación se perdió la oportunidad de regular el uso de la publicidad oficial.

El Instituto Belisario Domínguez advirtió en análisis que dicha ley define de manera vaga los contenidos permitidos y no permitidos, y deja que continúe el gasto por encima de lo programado.

El organismo de la Cámara alta consideró, además, recomendable valorar la pertinencia de que la Secretaría de Gobernación sea la entidad administradora de la ley.

En una Nota Estratégica sobre la minuta, el IBD advierte que la redacción de los artículos 4 y 8 de la Ley, bautizada como 'Ley Chayote', abre la posibilidad de difundir programas gubernamentales que no sean necesariamente útiles al público.

Por otra parte, indica, es preocupante que el artículo 14 de la minuta considere que el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos no es una campaña de comunicación social.

En tanto, señala el IBD, la definición de campañas de comunicación social no provee de elementos suficientes para que la autoridad reguladora pueda realizar una evaluación objetiva de las pautas comerciales de publicidad oficial.

Y tampoco distingue entre los distintos tipos de medios de comunicación.

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