Nacional

Destituye Corte a ediles y cabildos

Víctor Fuentes/
Agencia Reforma

2018-01-16

Ciudad de México— La Suprema Corte de Justicia dio el manotazo más fuerte de su historia contra el desacato a sentencias de amparo.
En dos sesiones, entre lunes y martes, ordenó la destitución y consignación penal de 53 funcionarios y exfuncionarios de municipios como Coacalco, Estado de México; Paraíso, Tabasco, y Tlacotepec, Puebla, quienes enfrentarán condenas de al menos 5 años de prisión.
Además, el pasado 7 de noviembre destituyó al jefe delegacional en Venustiano Carranza.
En 22 años previos a este cese, desde la reforma judicial de 1995, la Corte sólo había sancionado por desacato a cuatro funcionarios electos en activo, sin incluir a sus cabildos.
Los ministros de la Suprema Corte ordenaron ayer la destitución y consignación penal de Erwin Castelán, alcalde priista de Coacalco, así como la consignación penal de su antecesor, el diputado federal tricolor David Sánchez Isidoro, y de otros 29 funcionarios y exfuncionarios municipales, por desacato reiterado a una sentencia de amparo.
Además, el pleno de la Corte determinó separar del puesto y acusar penalmente a Pablo Pérez Maceda, alcalde de Tlacotepec, así como a nueve integrantes del cabildo, que se sumaron a la sanción similar aprobada el lunes contra el ayuntamiento de Paraíso, Tabasco.
En el caso de Castelán y Sánchez Isidoro, el amparo en cuestión ordena desde abril de 2013 pagar 4.1 millones de pesos por un laudo laboral favorable a Julián Domínguez Zamudio.
Por lo que toca a Tlacotepec, el municipio omitió pagar 967 mil pesos a la dueña de un terreno de 400 metros cuadrados que fue invadido ilegalmente para una obra pública.
Todos los ahora exfuncionarios serán acusados directamente por la Corte ante jueces federales del Estado de México y Puebla por el delito de desacato a una sentencia de amparo, sancionado con 5 a 10 años de cárcel.
Sánchez Isidoro no pierde su puesto como diputado, pero el fuero no lo protegerá del proceso penal, pues se trata de una sanción constitucional aplicada directamente por la Corte, que no está sujeta a las reglas para los delitos ordinarios perseguidos por las procuradurías.

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