Nacional

'Incompetentes', jueces para llevar amparos vs gasolinazo

Reforma

2017-01-16

Ciudad de México— Los jueces federales no quieren saber de los amparos contra el gasolinazo.

A dos semanas del aumento a los combustibles, sólo uno de los 18 jueces de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México ha admitido a trámite dos amparos relacionados con el tema, de más de cien que se han promovido.

Registros oficiales indican que al menos cinco de los 16 jueces administrativos "ordinarios" se declararon incompetentes para llevar los amparos, y los turnaron a las dos juezas administrativas Especializadas en Telecomunicaciones y Competencia Económica.

De estas, la jueza primera, Rafaela Reyna, ya resolvió que tampoco le tocan los amparos, lo que provocará un conflicto competencial que los mantendrá en el limbo durante meses.

La jueza segunda Especializada, Silvia Cerón, sí aceptó la competencia, pero no ha admitido ninguna demanda porque pidió a los quejosos realizar múltiples aclaraciones.

"(El amparo) esta? vinculado con un tema de competencia económica, ya que involucra el proceso de competencia en un sector de interés general y prioritario, como es el energético, que exige imponer una regulación especial para al efecto", sostuvo la jueza Alma Delia Aguilar al enviar el tema a sus colegas especializadas.

Las irregularidades y falta de claridad en las demandas también han llevado a otros ocho jueces "ordinarios" a no admitir, hasta ahora, ningún amparo, pues están pendientes las aclaraciones, después de las cuales también podrían declararse incompetentes.

Jueces del interior de la República, en tanto, han evadido las demandas alegando que todas corresponden a la Ciudad de México. Esta incompetencia, en razón de territorio, también ha sido rechazada por varios de sus colegas capitalinos.

Los dos amparos admitidos están en el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa, fueron promovidos por Jorge Betancourt y José Oscar Valdés, y lo que se reclama es la omisión de la Secretaría de Economía de aplicar el Artículo 28 de la Constitución, que señala que "la ley fijará bases" para señalar precios máximos de "productos necesarios para la economía nacional".

La gran mayoría de las demandas, en cambio, impugnan la Ley de Hidrocarburos de 2014, la Ley de Ingresos de la Federación de 2017, y el cronograma de la Comisión Reguladora de Energía para la liberación de precios.

Por ley, los actos de la CRE no pueden ser suspendidos, por lo que incluso si las demandas son admitidas a trámite, las variaciones de precios para los siguientes meses seguirán aplicándose.

El alza de gasolinas, a fin de cuentas, difícilmente podrá ser combatida mediante amparos, pues aún si algún quejoso logra una sentencia favorable luego de varios meses o incluso años de litigio, ésta sólo lo beneficiaría en lo particular, sin tener efectos generales.

No está claro, además, cómo un juez podría ordenar a todas las gasolineras del país,que no son autoridades para fines de un amparo, que vendan más barato a una sola persona, o cuál sería el precio "correcto" al que deberían venderle.

 

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