Nacional

Publican lineamientos de conteos rápidos

Reforma

2015-04-20

Distrito Federal— El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó los Lineamientos Generales para la implementación y operación de los conteos rápidos en el proceso electoral.
Estos lineamientos son de carácter vinculante para los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples).
"Es importante garantizar que el día de la jornada electoral se realicen conteos rápidos fundados en bases científicas para conocer las tendencias de los resultados de las votaciones", se lee en el acuerdo del INE.
"Con el objeto de que los ciudadanos, partidos políticos y medios de comunicación puedan contar con datos preliminares oportunos, objetivos y matemáticamente obtenidos sobre dicha elección".
Los lineamientos, que establecen las directrices para el diseño, implementación y operación de los conteos y la difusión de resultados, proponen el acompañamiento de un comité técnico para cada conteo rápido.
Esto con la finalidad de brindar asesoría técnica y científica en la realización de esos ejercicios y garantizar la seguridad, transparencia, confiabilidad, credibilidad e integridad en la ejecución de los mismos.
Los comités deberán integrarse por un conjunto de especialistas en materia de métodos estadísticos y diseño muestral.
También es necesario que el INE y los Oples realicen un análisis de riesgos en materia de seguridad de la información, a efecto de establecer controles para su mitigación en los distintos procesos de operación.

Y difunden lineamientos de RedINE

EL INE también publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para la operación de las bases de datos y los sistemas de información de la Red Nacional de Informática (RedINE).
Las bases de datos y los sistemas de información de la RedINE apoyarán el desarrollo de las tareas de las distintas áreas del INE relacionadas con el proceso electoral, tanto en oficinas centrales como en órganos desconcentrados.
Servirán como herramienta de trabajo interno del Instituto, así como de supervisión por parte del Consejo General, consejos locales y distritales, direcciones ejecutivas, unidades técnicas, consejeros del Poder Legislativo y representaciones de los partidos.
"Las diferentes áreas del Instituto y las Direcciones Ejecutivas deberán capacitar previamente al personal que designen los partidos políticos en aquellos casos en que la captura de la información esté a cargo de los institutos políticos", indica el acuerdo.
"A fin de utilizar los sistemas de información de manera adecuada, eficiente y en los plazos establecidos en los ordenamientos legales".

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