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El Diario de Juárez
Ciudad Juárez— Un padrastro fue sentenciado a ocho años y cuatro meses de prisión así como el pago de cinco mil pesos, por concepto de reparación del daño o de las terapias psicológicas que necesita la ofendida, tras haber aceptado que violó a la hija de su pareja sentimental de tan solo cinco años de edad.
La víctima veía en el hoy sentenciado, Víctor V. S., una figura paterna pues desde que tenía un año de edad él comenzó a vivir con su mamá, esa fue una condición que agravó el delito.
Los hechos sucedieron entre los días 25 de agosto al siete de septiembre del 2017 en una casa ubicada en la calle Riberas del Barranco del fraccionamiento Riveras del Bravo, etapa IX.
Posteriormente la víctima le dijo a una tía que tenía mucho dolor en su área genital, al momento que ella la estaba bañando. Además la tía observó que la pequeña estaba sangrando, por lo que optó por llevarla al médico y el galeno le señaló que él no podía examinarla y le recomendó acudir a las instalaciones de la Fiscalía General del Estado (FGE).
La tía y la abuela de la menor se presentaron en las oficinas de FGE ubicadas en eje vial Juan Gabriel y de ahí fueron remitidas a las instalaciones de la Fiscalía de género, en donde presentaron la denuncia.
Una agente del Ministerio Público (MP) clasificó los hechos como constitutivos del delito de violación con penalidad agravada previsto en el Artículo 172 fracción I y II así como 175 del Código Penal del Estado de Chihuahua.
En el Artículo 172 se señala “se aplicarán de seis a 20 años de prisión a quien” y en la fracción I dice “realice cópula con persona menor de 14 años de edad o con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo”.
El apartado II establece “introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano distinto del pene en una persona menor de 14 años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo. Si se ejerciera violencia física o moral, la pena prevista se aumentará en una mitad”.
El Artículo 175 indica que el castigo se aumentará en dos terceras partes cuando el agresor quebrante la “fe que expresa o tácitamente nazca de cualquier relación que inspire confianza y respeto”.
La tarde del lunes pasado Víctor V. S. renunció a su derecho a exigir un juicio oral, admitió ser sentenciado a través de un procedimiento abreviado y aceptó haber violado a su hijastra, por lo que el juez de Control, Félix Aurelio Guerra Salazar, consideró que se reunían los requisitos de ley para el abreviado, emitió un fallo condenatorio y le impuso la pena solicitada por el MP.
Guerra Salazar también dejó a Víctor a disposición de un juez de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para la vigilancia del cumplimiento de la sentencia condenatoria.
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