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De cada 20 detenidos por tomar en la vía pública una es mujer

Luz del Carmen Sosa/
El Diario de Juárez

2018-07-03

Al menos quinientas cincuenta y nueve mujeres fueron sorprendidas ingiriendo bebidas alcohólicas en plena vía pública durante la presente administración municipal y por este motivo fueron arrestadas, según el artículo 6, fracción XVII del Reglamento de Policía y Buen Gobierno.
Sin embargo, esta cifra sólo representa el 5 por ciento del total de hombres detenidos por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM) por este mismo motivo, durante el periodo comprendido del primero de octubre del 2016 al 31 de marzo del 2018, es decir, una de cada 20, establecen datos oficiales de la Secretaría del Ayuntamiento.
Las estadísticas indican que 10 mil 625 varones fueron arrestados por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, por alcoholizarse en la calle; esta cifra puede ser mayor ya que la página de Transparencia de Gobierno Municipal tiene una falla en los indicadores correspondientes al trimestre de octubre a diciembre del 2017.
En Ciudad Juárez, según las normas que regulan el comportamiento ciudadano, tomarse unas cervezas en la banqueta de la casa, la calle, frente a un parque o dentro del auto estacionado, es sancionado con una multa económica que va de los mil 209 pesos a los 2 mil 337 pesos, es decir de 15 a 29 Unidades de Medida y Actualización (UMA) con valor de 80.60 pesos cada una.
El Reglamento establece que las personas arrestadas por este motivo tuvieron como opción el pago de la multa económica o bien cumplir con 19 a 24 horas-cárcel.
Pero el ingerir bebidas alcohólicas solo es uno de los motivos que amerita sanción administrativa según establece el Reglamento de Policía y Buen Gobierno.
Datos obtenidos a través de la página de Transparencia del Gobierno Municipal indican que en la presente administración municipal, han sido arrestados 82 mil 362 ciudadanos, entre hombres y mujeres.
Las detenciones fueron por faltas que van desde alterar el orden público, el orinar en la calle o reñir en la vía pública.

El proceso
La normatividad establece que luego del arresto en términos de flagrancia, los agentes municipales deben presentar al infractor de manera inmediata ante el Juez Calificador ante la Oficialía Jurídica y Barandilla.
En el artículo 24 se menciona que el juez hará saber al infractor que tiene derecho a comunicarse con una persona que lo asista o lo defienda por lo que le permitirá el uso del teléfono sin costo y suspenderá el proceso de calificación por un tiempo razonable para la llegada de la persona en cuestión.
“Cuando no se comunique al presunto infractor este derecho o impida el ejercicio del mismo, se impondrá a la persona responsable, una multa equivalente a tres días de salario mínimo, independientemente del delito de abuso de autoridad que se pudiere cometer”, advierte el Reglamento. También contempla hasta la separación del cargo en caso de reincidencia de ésta falta ya sea por parte del juez calificador o por el funcionario público responsable. El artículo 30 menciona que de ser ordenado el arresto, el juez cuidará que se respeten la dignidad de la persona y los derechos humanos. (Luz del Carmen Sosa / El Diario)
lsosa@redaccion.diario.com.mx 

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