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Siguen recluidos 45 en Centro Estatal de Arraigos

Blanca Carmona/
El Diario de Juárez

2017-08-17

A más de un año de haber entrado en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que no contempla el arraigo en instalaciones gubernamentales, en el Centro Estatal de Arraigos (CEA) de Ciudad Juárez 45 personas continúan recluidas.

Ahí están en espera de ser sentenciados, aunque ya estuvieron presos el período máximo contemplado por la ley para que se determine si son culpables o inocentes.
Actualmente la población carcelaria en el CEA disminuyó un 45 por ciento. En agosto del 2016 en ese inmueble ubicado en la calle Barranco Azul estaban recluidas 99 personas y a la fecha permanecen 45, informó la vocera de la Fiscalía de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, Alejandrina Saucedo.
En la ciudad de Chihuahua también bajó el número de arraigados. Mientras en agosto de 2016 se contabilizaban 54 internos sujetos a esa medida cautelar, actualmente están confinados 17, señaló.
La cifra de arraigos domiciliarios continúa igual desde 2016, tanto en Juárez como en Chihuahua, sólo dos procesados se encuentran en sus casas esperando sentencia.
El CNPP entró en vigor el 17 de junio de 2016 y contempla 14 medidas cautelares que pueden imponerse a los sospechosos de haber incurrido en un delito, pero ninguna se refiere a retener a un procesado en el CEA, solo se contempla el resguardo de los procesados en su propio domicilio con las modalidades o vigilancia que el juez disponga.
Las otras cautelares previstas por el CNPP son la firma, la exhibición de una garantía económica, el embargo de bienes y la inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero.
Además la prohibición de salir sin autorización del país o del ámbito territorial que fije el juez y el sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución de salud.
Así como la prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares; la prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos.
También la separación inmediata del domicilio, la suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos, la suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral, la colocación de localizadores electrónicos y la prisión preventiva.
Personal del Tribunal de Enjuiciamiento informó que están dando celeridad a los juicios en un intento por no enviar a los reos al CEA y también han autorizado otras cautelares incluido que sospechosos de delitos graves enfrenten el juicio en libertad.
En enero pasado Marco Antonio García Hernández, Andrés de Jesús Piceno Venegas y José Eduardo Ibarra Alvídrez, acusados del delito de extorsión se presentaron de forma voluntaria al juicio oral 182/13.
Después de permanecer cinco años presos esperando sentencia, ellos ganaron un amparo. El Juzgado Séptimo de Distrito determinó que era ilegal el arraigo al que estaban sujetos, al señalar que los jueces del fuero común no tienen competencia para aprobar arraigos, ya que esa figura está reservada para jueces federales en casos de delincuencia organizada.
El Ministerio Público adscrito a la Fiscalía General del Estado interpuso el recurso de revisión contra el amparo, pero el Tribunal Colegiado del Séptimo Décimo Distrito desechó la petición, por lo que el recurso 496/16-III quedó firme.

Medidas cautelares sí previstas
• Firma periódica
• Exhibición de garantía económica
• Embargo de bienes e inmovilización de cuentas
• Prohibición de salir sin autorización del país
• Vigilancia de una persona o institución determinada
• Internamiento en institución de salud
• Prohibición de acercarse a ciertos lugares o a víctimas
• Separación inmediata del domicilio
• Suspensión de actividad profesional o laboral
• Localizadores electrónicos
• Prisión preventiva

bcarmona@redaccion.diario.com.mx

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