José Pérez Espino
El Diario
La compra de gasolinas para venta exclusiva en la franja fronteriza con propósitos enajenación en otra zona, como en el caso que supuestamente provocó una explosión en Ejército Nacional y Rancho Mesteñas, es un delito federal que puede sancionarse hasta con 15 años de prisión.
Esa práctica está prohibida y penada por la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
El artículo 9 de la norma establece que se sancionará a quien “compre, enajene, reciba, adquiera, comercialice o negocie hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley”.
También, a quien “resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre u oculte hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley”.
La fracción III del inciso d) estipula que “cuando la cantidad sea igual o mayor a 2 mil litros” se castigará “con pena de 10 a 15 años de prisión y multa de 10 mil a 15 mil días de salario mínimo vigente en el lugar de los hechos”.
El alcalde Armando Cabada Alvídrez declaró que la explosión en la gasolinería de la colonia Partido Iglesias ocurrió cuando eran llenados 14 depósitos de mil litros cada uno con el propósito de llevarlos al sur del estado, debido a que el precio de la gasolina es más bajo en Ciudad Juárez.
@