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Lo sentencian a 20 años por violar a su hija

Blanca Carmona/
El Diario

2016-10-25

Una sentencia de 20 años de prisión impuso ayer un Tribunal de Enjuiciamiento a un hombre encontrado culpable de violar a su hija biológica en dos ocasiones.

Por cada hecho, Daniel Aguayo Hernández fue condenado a 10 años de cárcel y se dio por cumplida la reparación del daño consistente en pagar las terapias psicológicas para la víctima, aunque éstas fueron con costo al Estado.
El primer hecho sucedió el 30 de agosto de 2014 en la casa de Aguayo, ubicada en el fraccionamiento Misiones del Portal, y el segundo el 31 de agosto en el mismo lugar.
El inmueble fue cateado el 9 de septiembre de ese mismo año porque de la declaración que rindió la víctima –cuya identidad quedó bajo reserva judicial– y también del dicho de su madre se desprende que podría ser viable encontrar alguna evidencia biológica de Aguayo.
En el juicio oral número 187/15, el perito Héctor Jáuregui Morelos dijo que durante el cateo en la recámara se aplicó luz blumax y se localizaron indicios biológicos en un tapete y en la cama, que fueron enviados a Servicios Periciales. Lo localizado fue líquido seminal y proteína P-30.
Además en el papel higiénico recuperado en el baño de esa casa se encontró semen que correspondía al perfil genético de Aguayo Hernández, informaron peritos durante el juicio oral.
En el juicio también fue presentado el agente Beltrán, quien refirió que durante el cateo se aseguraron varios cintos, un tarro de crema, una pistola de juguete y un cuchillo, todo estaba en la misma recámara.
Una médico adscrita a la Fiscalía General del Estado zona Norte que revisó a la víctima también fue presentada por los agentes del Ministerio Público (MP) a cargo del caso y afirmó haber encontrado desgarros en un área genital.
Todas esas pruebas fueron tomadas en cuenta por el juez, Maurilio Ríos Neave, al momento de dictar el fallo condenatorio en contra de Aguayo, la semana pasada.
Ayer el resolutor le impuso al sentenciado la pena mínima por cada violación, seis años, y le sumó a cada hecho cuatro años más al considerar que la presunta conducta cometida por Aguayo es agravada debido al vínculo de parentesco que él tenía con la víctima, como lo establece en el Artículo 175 fracción VII del Código Penal del Estado de Chihuahua. (Blanca Carmona)

bcarmona@redaccion.diario.com.mx

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