Local

Vinculan a proceso a sacerdote por abuso sexual

Blanca Carmona/
El Diario

2016-06-02

El sacerdote Leopoldo Nevárez Erives fue vinculado ayer a proceso penal por parte de un Tribunal de Garantía que concluyó que sí hay datos de prueba para creer que el párroco abusó sexualmente de una persona discapacitada, al momento que ésta entró a confesarse con quien consideraba su guía espiritual.
El juez Alberto Contreras Payán le dio valor a la declaración de la víctima y dijo que la única forma de desacreditarla era que la defensa hubiera solicitado para que la interrogara en presencia de él, cosa que no hizo a pesar de contar con el tiempo para ello.
La resolución judicial causó enojo, llanto e inconformidad entre los feligreses que han venido apoyando al clérigo desde que se judicializó la carpeta de investigación.
El Ministerio Público (MP) adscrito a la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género acusó a Nevárez de que el 8 de septiembre de 2015 en el interior del templo La Transfiguración del Señor, ubicado en las calles Anémona y Enebro de Infonavit Aeropuerto, le realizó tocamientos lascivos a una mujer que padece esclerosis múltiple.
En su declaración ante el MP la víctima dijo que ese día Nevárez le hizo tocamientos y le observó el anillo de castidad que llevaba puesto, pues estudió teología y filosofía y deseaba ser monja.
“Este juzgador no tiene porque no creerle a la víctima, el medio idóneo para desvirtuar ese señalamiento sería la comparecencia de la víctima y la defensa tuvo el periodo de seis días por la duplicidad ofertada por el procesado para hacer comparecer a la víctima y realizarle cuestionamientos y verificar si estaba mintiendo… optaron por no hacerlo en este periodo probatorio de la duplicidad. Repito este juzgador no tiene porqué no creerle o dudar del dicho de la víctima pues hasta este momento no se ve controvertida”, afirmó el juez. 
Al hacer alusión a la declaración que el sacerdote hizo ante él, Contreras Payán dijo que no se contrapone a la versión de la víctima pues básicamente acepta que la afectada acudió a su privado a confesarse.
El resolutor fue contúndete en explicar que los ilícitos de índole sexual siempre se cometen en la clandestinidad y por ello nunca hay testigos presenciales. En este caso es suficiente para la vinculación las 11 pruebas que presentó el MP que incluyen las declaraciones de la madre, la hermana y la prima de la víctima así como los informes médicos y psicológicos que acreditan la enfermedad que padece la afectada y el daño emocional que presenta a raíz de los hechos.
En cuanto lo señalado por la defensa del sacerdote, el juez afirmó que la argumentación fue especulativa e incluso en algunos datos subjetiva y se limitó a la declaración de Nevárez y de su secretaria. 

X