Miguel Chavarría
El Diario
Chihuahua— El Congreso del Estado aprobó ayer una reforma al Código Penal de Chihuahua que establece como excluyente del delito a los ciudadanos que lesionen o priven de la vida a su agresor cuando se compruebe su uso legítimo de defensa.
Desde el 19 de enero pasado, el diputado panista Jesús Villarreal Macías lanzó una iniciativa con carácter de decreto, con la que propuso ampliar los preceptos la fracción IV del artículo 28 sobre causas de exclusión del delito del Código Penal mediante la inclusión de los nuevos supuestos de “lesión” y “privación de la vida”.
A partir de su próxima publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE), Chihuahua se convertirá en la quinta entidad que ampare a sus ciudadanos en caso de que lesionen o maten a su agresor, y así ampliar sus alcances de legítima defensa y permanecer inocentes ante las autoridades.
No obstante, las personas que cometan daños, lesiones o maten a su agresor en defensa propia sólo serán exentas del delito en caso de que: el peligro sea inmediato, haya sido difícilmente evitado, sea imposible repelerlo empleando métodos “racionales”, el defensor no incite o provoque al agresor para justificar su defensa o si el daño no pudiera repararse después por métodos legales.
Es decir, esta reforma al código no blindará completamente a los ciudadanos que hayan decidido dañar, lesionar o matar a su agresor, a menos que se cumplan todos los supuestos mencionados.
Además de Chihuahua, Nuevo León, Baja California Sur Guanajuato y Veracruz han regulado y ampliado los supuestos de la legítima defensa.
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