Estado

'La libra' Consejo de la Judicatura

Sandra Rodríguez/
El Diario

2018-04-09

La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió no disolver el Consejo de la Judicatura del Estado de Chihuahua, pero le restó poder.
De acuerdo con la resolución de ayer, el máximo tribunal del país invalidó las atribuciones dadas en esta administración a la Judicatura estatal para aprobar y ejercer el presupuesto del Poder Judicial, así como aumentar y disminuir el número de integrantes del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJ).
También invalidó el último párrafo del artículo 106 de la actual Constitución Política local que, el año pasado, había ordenado que las resoluciones del Consejo de la Judicatura serían “definitivas e inatacables” y que “en su contra no procede recurso alguno”.  Al declarar inválido este párrafo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó además al Congreso y al Ejecutivo del estado generar, a más tardar en 90 días, legislación con “un medio de impugnación” a las decisiones de la Judicatura.
Tales “súper-facultades” de este órgano de administración judicial estatal habían sido establecidas por los actuales poderes Ejecutivo y Legislativo de Chihuahua en el decreto de reforma publicado el 29 de abril de 2017. El texto, sin embargo, fue impugnado en junio siguiente por el pleno del TSJ, que interpuso la controversia constitucional 179/2017, discutida y sentenciada ayer por el pleno de la SCJN.

Discuten disolver Judicatura
En la sesión de ayer, y pese a que el TSJ de Chihuahua no impugnó la forma en la que se conformó el actual Consejo de la Judicatura, el ministro a cargo del proyecto de sentencia, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, planteó “el cese” de los cinco integrantes actuales como “efecto” o “consecuencia” de la discusión y anulación de diversas atribuciones.
“Que cesen en su función los actuales consejeros de la Judicatura. Sugeriría sea tomada la propuesta y se someta a votación de esa forma”, dijo ante Zaldívar ante el pleno.
Desde el pasado jueves, Zaldívar había planteado la necesidad de agregar al análisis los artículos Cuarto y Quinto transitorios del decreto de reforma judicial de Chihuahua, que ordenaron la disolución del anterior consejo de la Judicatura y la conformación del actual.
En la sesión del jueves, sin embargo, los ministros votaron a favor de no considerar como impugnados esos dos artículos, por lo que se anunció que seguirían en discusión sólo en la parte de los “efectos” de la sentencia.
La propuesta de invalidez de ambos transitorios fue presentada ayer, pero recibió el apoyo de sólo siete votos a favor (de un total de once), cuando, al ser analizada como “consecuencia”, requería una mayoría de ocho.
De esa forma, se mantuvieron en sus cargos como consejeros de la Judicatura el magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Licenciado Julio César Jiménez Castro; los magistrados Pablo González Villalobos y Roberto Siqueiros Granados, por parte del Pleno del Tribunal Superior de Justicia; Jesús Joaquín Sotelo Mesta, por el Congreso del Estado, y Luz Estela Castro Rodríguez, por el titular del Poder Ejecutivo del Estado.

Otras invalidaciones
La SCJN declaró también inválida una modificación al artículo 99 de la Constitución política del Estado que, en el mismo decreto del 29 de abril, estableció una restricción para que los Magistrados y Consejeros de la Judicatura litiguen ante el Poder Judicial del Estado durante los siete años que gozan, al jubilarse, de un “haber de retiro”.
En este sentido, argumentos presentados en contra de la declaración de inconstitucionalidad, como los del ministro Javier Láynez Potisek, aludieron a la intención del Legislativo chihuahuense de evitar el “conflicto de intereses”.

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