Estado

'Traban' entrega de caso Gutiérrez a instancias federales

Heriberto Barrientos/
El Diario

2018-04-07

Chihuahua— El juez de control del Distrito Judicial Morelos Alejandro Legarda Carreón notificó el pasado viernes al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal en la ciudad de México, que no puede entregarle los antecedentes de la causa penal 780/2017 correspondientes al proceso penal contra Alejandro Gutiérrez, Antonio Enrique Tarín y Gerardo Villegas, debido a que no los tiene.
Indicó que los expedientes fueron remitidos el pasado 27 de marzo al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa en el estado de Chihuahua.
“Por tanto, en acatamiento de la resolución pronunciada, se ordena poner a disposición jurídica del Juez de Distrito Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad México, con sede en el Reclusorio Norte, a los imputados...”, respondió mediante oficio el juez local, pero físicamente éstos aún permanecen a disposición de las autoridades judiciales de Chihuahua y recluidos en el Cereso número 1 del municipio de Aquiles Serdán.
El Diario tuvo acceso a una parte de la resolución del conflicto de competencias 04/2018, en la que el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito ordenó que se pongan “inmediatamente” a disposición del juez federal a los tres procesados.
Lo anterior luego de que los magistrados decretaron que los 250 millones de recursos públicos, supuestamente desviados desde la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHyCP) enviados al Gobierno de Chihuahua en el ultimo año del exgobernador César Duarte y que salieron a través de pagos por servicios inexistentes a cuatro empresas “fantasmas” proporcionadas por el empresario y político coahuilense, son de naturaleza federal.
En la resolución del pasado 6 de abril se señalaron varios puntos:
“Primero. El Juez de Distrito Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en la ciudad de México, con sede en el Reclusorio Norte es legalmente competente para conocer la causa penal 780/2017, instruida contra Antonio Enrique Tarín García, Alejandro Gutiérrez Gutiérrez y Gerardo Villegas Madriles...”.
Segundo: En consecuencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 26, último párrafo  del Código Nacional de Procedimientos Penales, el juez de control del Distrito Judicial Morelos del Poder Judicial del Estado de Chihuahua deberá poner inmediatamente a disposición del Juez de Distrito Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en la ciudad México a los imputados... así como los antecedentes que obren en su poder”, refiere.
El juez inhibido (Legarda) informó que los antecedentes de la causa 780/2017 de su índice fueron remitidos al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito el 27 de marzo pasado.
Por lo anterior se estima que el juez local pretende mantener al señor Gutiérrez materialmente a disposición de ese órgano jurisdiccional, bajo el argumento de que aún subsiste la competencia local en torno a la diversa causa penal 4094/2017, de su índice, así como la vigencia de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por un año, denunció el abogado Antonio Collado Mocelo.
Ello provocará que el Décimo Tribunal Colegiado en la capital del país requiera directamente a su homólogo, esto es, al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa en Chihuahua, para agilizar la entrega material del imputado y el expediente, agregó.
“Se debe solicitar por escrito al Tribunal Colegiado de Chihuahua que dé cumplimiento a la ejecutoria de 6 de abril y remita de inmediato al juez de Distrito en la Ciudad de México, los antecedentes de la causa penal.
“Se va pedir al juez Federal que requiera al juez de Control local por oficio y bajo apercibimiento, la entrega material e inmediata del imputado y los antecedentes de la causa penal 780/2017.
Ello, bajo el argumento de que dicha causa penal fue el primer proceso en el que se dictó la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a Alejandro Gutiérrez; por tanto, fija las condiciones en que debe regir el estado de la libertad del justiciable, manifestó Collado Mocelo.
“Expresado en diversos términos, las condiciones fijadas por la autoridad judicial en la primera medida cautelar de prisión preventiva impuesta a un imputado tiene un efecto reflejo de ejecución en las restantes, es decir, marcar la pauta para el cumplimiento y ejecución de las medidas cautelares impuestas posteriores y no al revés”, sentenció Collado.

hbarrientos@diarioch.com.mx
 

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