Estado

Avala Corte a alcaldes reelegirse sin pedir licencia

Jaime Armendáriz/
El Diario de Chihuahua

2017-11-24

Chihuahua– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró inconstitucionales varios lineamientos de la reforma electoral local, que entró en vigor desde agosto pasado, y quitó a los alcaldes la obligación de separarse del encargo para buscar la reelección, tal y como lo establecían las normas aprobadas por el Congreso del Estado.
Sin embargo, se mantuvo el lineamiento de la Constitución de Chihuahua para que los presidentes municipales que llegaron por la vía independiente, se separen del cargo en la época de precampaña con el fin de recabar las firmas ciudadanas necesarias para solicitar registro ante las autoridades electorales.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por el presidente municipal de Parral, Alfredo Lozoya, al considerar excesivos “los candados” para los alcaldes, en específico para quienes asumieron por la vía independiente, como es su caso y el del edil de Juárez, Héctor Armando Cabada Alvídrez.
La sesión de la Corte se llevó a cabo el jueves pasado y se debatió la solicitud de Lozoya para dar marcha atrás a varios preceptos de la reforma electoral, que entre otros aspectos pretendía también evitar la licencia para buscar las firmas de respaldo ciudadano pero en ese precepto no se obtuvieron los votos suficientes para invalidar el sexto numeral del segundo párrafo del artículo 127 de la Constitución local.
En este sentido, el abogado en Derecho Electoral, Gerardo Cortinas Murra, asesor jurídico del alcalde parralense, dio a conocer que a pesar de esa votación, buscarán la inaplicación del sexto numeral en el caso específico de Lozoya, mediante un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales a promover en la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Sobre el aval para quitar la obligación de que los alcaldes de los 67 municipios se separen del cargo para hacer campaña, los ministros argumentaron que existía una diferenciación respecto de los regidores, a quienes no se les aplicaba ese precepto, siendo que conforman el mismo cuerpo de gobierno: el Ayuntamiento.
Además analizaron que la reforma electoral contenía de igual forma la diferencia de ediles con relación a los diputados locales, al no estar obligados estos últimos a solicitar licencia para buscar la reelección. (Jaime Armendáriz/ El Diario )

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