Estado

‘Perdonan’ multas millonarias a partidos

José Pérez Espino/
El Diario

2016-09-16

Ciudad de México— El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las multas millonarias que el Instituto Nacional Electoral (INE) aplicó al PRI, PAN, Morena y el PVEM en el estado de Chihuahua por presuntas irregularidades en los ingresos y gastos de campaña.
Los integrantes de la Sala Superior determinaron que el organismo electoral tuvo omisiones y le ordenaron emitir una nueva resolución.
También solicitaron al INE que verifique en todos los casos la documentación comprobatoria que obra en el Sistema Integral de Fiscalización y que no se tomó en cuenta en los fallos.
Los magistrados anularon la resolución mediante la cual el INE sancionó al PRI con 12.4 millones de pesos, la más alta en Chihuahua, debido a que el órgano fiscalizador no tomó en cuenta los comprobantes entregados por el partido en las campañas a gobernador y alcaldes.
La autoridad electoral “sustentó su determinación sobre el hecho de que no localizó documentación que soportara los gastos de propaganda utilitaria, espectaculares, gasolina, eventos, desayunos, renta de vehículos, publicidad en diarios y revistas”.
Además, porque presuntamente realizó el registro extemporáneo de operaciones de la contabilidad del candidato a gobernador Enrique Serrano Escobar.
Sin embargo, el TEPJF concluyó que el INE debe verificar si la información reportada en el Sistema Integral de Fiscalización cumple o no los requisitos legales y emitir un nuevo dictamen.
A Morena se le había impuesto una multa por 10.9 millones de pesos, principalmente por no reportar gastos de casas de campaña.
El pasado 14 de julio, el Consejo General aprobó la resolución INE/CG594/2016 “respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos de gobernador, diputados locales y ayuntamientos”.
Así, acordó imponer multas por 56.3 millones de pesos a los nueve partidos políticos que participaron en las campañas electorales y al independiente José Luis Barraza.
Al revocar la resolución, el TEPJF determinó que el organismo electoral “lleve a cabo el procedimiento previsto en el artículo 27 del Reglamento de Fiscalización y determine el costo razonable de la renta de los inmuebles que se omitieron, atendiendo a cada zona geográfica de que se trate e individualice nuevamente las sanciones”.
En el caso del Partido Acción Nacional (PAN), el INE le impuso una sanción de 1.7 millones de pesos.
El Partido Verde Ecologista de México (PVEM) fue multado con 2.5 millones de pesos debido, entre otros puntos, a que presuntamente no registró las cuentas bancarias de los candidatos a los ayuntamientos de Namiquipa y Cusihuiriachi.
Sin embargo, “a juicio de esta Sala Superior son sustancialmente fundados los conceptos de agravio pues existen indicios para considerar que el partido apelante sí registró las cuentas de las candidatas a la presidencia municipal” de ambas localidades.
En consecuencia, revocó la multa y ordenó que el Consejo General del INE “verifique la documentación que obra en el Sistema Integral de Fiscalización en relación con este tema y emita la resolución que en Derecho proceda”.
La Sala Superior también modificó el dictamen sobre el Partido Nueva Alianza (Panal), ya que del análisis de los registros en los que se basó INE “se advierte una posible indebida duplicidad en las cantidades que se tomaron como base” para calcular la sanción de 2.5 millones de pesos. (José Pérez-Espino / El Diario)

jperez@redaccion.diario.com.mx

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