Estado

Valida Tribunal triunfo de Corral

Gabriela Minjáres/
El Diario

2016-07-30

El Pleno del Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Chihuahua aprobó ayer por unanimidad confirmar el triunfo del candidato postulado por el Partido Acción Nacional (PAN), Javier Corral Jurado, como gobernador electo del estado.
En respuesta al juicio de impugnación promovido por la coalición encabezada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), los cinco magistrados que conforman el Pleno del órgano jurisdiccional electoral determinaron que no existieron los elementos ni irregularidades para anular la elección, como lo pidieron los quejosos.
Aunque derivado de la revisión que se realizó a más de 3 mil casillas impugnadas se determinó anular los resultados de 107 de ellas –que representan el 2 por ciento del total de los centros de votación que se instalaron en el estado el 5 de junio–, por lo que se modificó el acta final de cómputo estatal, pero aun así el panista mantuvo la mayoría de los votos.
“Se confirma la declaración de validez de la elección a gobernador y la constancia de mayoría a favor del candidato Javier Corral Jurado, así mismo se modifica el cómputo estatal debido a la anulación de 107 casillas”, establece el fallo dictado ayer en la ciudad de Chihuahua.
En total, se anularon 24 mil 257 votos que correspondían a las 107 casillas, de los cuales Corral perdió 8 mil 941; el priista Enrique Serrano Escobar, 7 mil 495; el independiente José Luis Barraza González, 4 mil 907, y Cruz Pérez Cuellar de Movimiento Ciudadano, 732
Francisco Javier Félix Muñoz, de Morena, perdió 765 votos; y Jaime Beltrán del Río Beltrán del PRD, 423; así como 74 de candidatos no registrados y 920 nulos.
De los cuatro agravios expuestos por el PRI en el medio de impugnación por los que buscaba la nulidad de la elección el Tribunal determinó que, con excepción de dos que resultaron parcialmente fundados y por el que se anularon las 107 casillas, los otros dos se consideraron infundados.
Mientras que de la causal genérica de nulidad que buscaba el PRI, al denunciar que el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE) había transgredido los principios rectores de legalidad, objetividad, certeza, imparcialidad y máxima publicidad, porque fue omiso en lo que respecta a la cadena de custodia del número de boletas electorales que se utilizaron en la jornada, se concluyó que también los agravios fueron infundados e inoperantes.
Por ejemplo, en el agravio expuesto por la supuesta existencia de una diferencia de 171 mil 506 boletas que se detectaron entre las recibidas y las sobrantes, el TEE determinó que no hubo tal situación.
Ello, explicaron, a pesar de que el PRI no identificó las casillas en las que supuestamente encontró las boletas de más, había contradicciones en los datos entregados y no aportaron los medios necesarios para cotejar su dicho.
Mientras que los agravios por la supuesta entrega, sin causa justificada, de paquetes electorales a las Asambleas fuera de los plazos señalados en la ley, se consideró infundado.
Sólo se encontraron parcialmente fundados las quejas relacionadas recepción de la votación por personas u organismos distintos a los facultados por la ley y la existencia de dolo o error en el cómputo de los votos que benefició a uno de los candidatos, siendo determinante para la votación.
No obstante las irregularidades detectadas fueron mínimas, pues sobre la participación en las casillas de personas distintas a las facultades por la ley, de las 3 mil 289 casillas impugnadas sólo se encontraron 43, por lo que se anularon esos resultados; únicamente en 65 se encontraron errores determinantes.
Al resolver el juicio, los magistrados expusieron que aun cuando el quejoso no sustanció ni probó los agravios argumentados en la mayoría de los casos y razonó generalidades, decidieron estudiar con exhaustividad el caso para dar certeza a los chihuahuenses de los resultados de la elección.
“Este tribunal tuvo que analizar y dar exhaustividad cada uno de los puntos planteados. Hoy Chihuahua tiene que estar claro que el trabajo que se realiza es en apego a derecho. ¿Hubo omisiones? Sí hubo omisiones en actas, pero fue omisión, no falta de certeza y se buscó la información en los documentos para corroborarlo”, dijo el presidente del TEE, el magistrado César Wong Meraz, encargado del proyecto de resolución.
Los magistrados Julio César Merino Enríquez, Jacques Adrián Jácquez Flores, Víctor Yuri Zapata Leos y José Ramírez Salcedo, quienes votaron a favor del proyecto, en sus intervenciones subrayaron que su objetivo no sólo fue atender el reclamo del quejoso y su derecho de tener acceso a la justicia, sino también dar certeza a los electores de que en los comicios pasados se cumplieron con todos los requisitos legales.
Con ese caudal de pruebas que forman parte de un expediente principal conformado por seis tomos, el equipo conformado con 18 abogados divididos en cuatro grupos de trabajo se dio a la tarea de analizar todos los documentos y concluir que no era procedente la anulación de la elección. (Gabriela Minjáres / El Diario)

X