J. Armendáriz/ Luz Sosa/
El Diario
Chihuahua— Mediante juicios de amparo, 25 personas que recibieron prisión vitalicia buscan “tumbar” esas sentencias para reducir la condena a 50 años de cárcel, debido a que el Código Penal carece de claridad en cuanto a esa pena, explicó el presidente de la comisión de Seguridad Pública en el Congreso del Estado, el diputado del PRI, Fernando Rodríguez Giner.
Así lo dijo luego de que Congreso avaló reformas para corregir la redacción de la ley, que actualmente permite dar varias interpretaciones en cuanto a la prisión vitalicia y por ende da pie a los amparos, abundó. Subrayó que por ello se tuvo que “aclarar” y definir al juez en qué casos aplicar esa máxima penalidad.
Detalló que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación sentenció que no había inconstitucionalidad en el tema, y por lo que la prisión vitalicia se puede aplicar a los delitos de secuestro, extorsión, así como homicidio agravado cuando haya marcas de tortura o mutilaciones, detalló el congresista local.
Cambio al Código Penal
Luego de los amparos promovidos contra la prisión vitalicia, el Congreso del Estado reformó el Código Penal, en lo relativo a la prisión vitalicia en los delitos de extorsión y homicidio.
El año pasado, derogaron la prisión vitalicia para secuestradores como consecuencia de la creación de la Ley General Antisecuestro.
La iniciativa presentada en la sesión pasada por la diputada juarense Mayra Chàvez Jiménez, justifican que debido a la falta de claridad de la temporalidad de la prisión vitalicia en el Código Penal, reformaron varios artículos y adicionaron diversas disposiciones al mismo código.
Pena mínima y máxima
Solo mediante un amparo, los sentenciados a prisión vitalicia podrán solicitar que sus penalidades sean analizadas por un juez para que sean revocadas y se les imponga una nueva sentencia acorde a la participación en la comisión del delito, dijo aquí el fiscal Enrique Villarreal Macías.
A partir de este momento tienen que establecerse las condiciones que tienen los más altos tribunales, en este caso, a partir de ya se aplicará la ley penal en las condiciones que se estableció por parte del Congreso, dijo.
Esto significa que ahora sí se establece un mínimo y un máximo de la pena, que era lo que señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por ello los jueces deben tener un ámbito discrecional para poder definir.
También deberán ser consideradas las condiciones en las que se cometió el delito y en consecuencia decir cuál es la pena a aplicar en forma discriminada, “porque no todos pueden estar en el mismo casillero”, dijo. (Con información de Patricia Mayorga)