Estado

Chocan posturas en tema de castigar a padres de menores infractores

Martín Orquiz
El Diario

2015-05-21

La promoción que realizan legisladores federales para que se castigue a padres o tutores de menores infractores por ley generó polémica entre sectores fronterizos, mientras algunos apoyan la propuesta y añadieron que también debe juzgárseles como adultos, abogados establecieron la imposibilidad de que ocurra debido a que la Constitución lo prohíbe y por los tratados internacionales suscritos por el Gobierno de México.

Javier Cuéllar, decano del Colegio de Abogados Benito Juárez, mencionó que en la actualidad los padres y tutores son responsables civilmente del daño que los menores causen, se les aplica la reparación del daño y tienen responsabilidad para solventar ese rubro.
Pero, agregó, penalmente están prohibidas las penas trascendentes, no se puede castigar al padre, en el sentido penal de prisión, por lo que haga su hijo, puntualizó.
Isaías Flores Gómez, maestro en Derecho y Ciencias Penales, consideró que el debate generado por el caso del niño de seis años asesinado por adolescentes en la ciudad de Chihuahua, se deben considerar situaciones como que el factor criminógeno no siempre radica sólo en el adolescente, sino que la mayoría de las veces la influencia de agentes externos que detonan la conducta delictiva proviene de adultos.
El coordinador de diputados del PRI por Chihuahua, Pedro Domínguez Zepeda, declaró que se analiza incluir sanciones en contra de los responsables legales de los menores en la Ley General de Justicia para Adolescentes Infractores, que sustituirá la actual norma federal y que abarcará los juicios orales para ese tipo de casos, además contemplará esquemas de reinserción social y rehabilitación psicológica.
Martín Rivero, presidente de la Asociación Estatal de Padres de Familia, mencionó que los tutores deben estar atentos a todo lo que hagan los niños, pero sería muy injusto castigarlos penalmente cuando los menores cometen delitos.
“Definitivamente los padres tenemos que estar atentos a nuestros niños, a todo lo que hacen, ven, oyen, incluso a lo que leen, hasta en los medios de comunicación”, declaró.
Desde su perspectiva, los padres no deben pagar por lo que hacen sus hijos porque muchas veces está fuera de su alcance impedir que delincan, para vigilarlos tendrían que estar todo el día con ellos.
“No es correcto que los acusen penalmente, pero sí deben estar al pendiente, si saben que son difíciles o vagos pues deben estar más atentos”, dijo.
También llamó la atención hacia el hecho de que la autoridad debe atender los llamados que realice la sociedad o los mismos tutores cuando se detectan conflictos, porque si no acude no habrá forma de saber si la conducta negativa ya era repetitiva.
En cambio, si acude y reconviene a los padres de familia de menores que sean problemáticos y les llaman la atención, podría generarse algún castigo si desdeñan el antecedente.
De otra forma, afirmó, sería injusto sancionar “de buenas a primeras”.
En muchos casos tanto el padre como la madre trabajan, pero es parte de su responsabilidad ponerles el interés que requieran y darles toda la guía que requieran para evitar que se vean envueltos en situaciones de conflicto.
Benito Arellano, presidente de la Asociación Municipal de Padres de Familia, indicó que está de acuerdo con el hecho de que los tutores tienen la responsabilidad de los menores.
“Tenemos que estar pendientes de lo que hacen, de sus necesidades y no dejarle sólo al Estado esa responsabilidad o justificar nuestros descuidos”, consideró.
Sin embargo, consideró que se debe trabajar mucho más en la prevención que en el castigo de los padres de familia.
“Estamos trabajando con las nuevas generaciones de padres de familia acerca del alcance que tiene su responsabilidad, eso es lo más importante”, indicó.
En Ciudad Juárez existen al menos mil 300 Asociaciones de Padres de Familia en escuelas de preescolar, primaria y secundaria, establecen datos oficiales.
El abogado Cuéllar mencionó que los padres en ocasiones ni cuenta se dan de lo que hacen sus hijos, así que sería inapropiado someterlos a algún tipo de castigo.
Citó el artículo 22 Constitucional que prohíbe de forma expresa las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.
“Lo que haga una persona no puede provocar que metan a su hermano, padre o madre a la cárcel, ya bastante sufrimiento tienen cuando un familiar comete un delito”, dijo.
Lo que debe hacerse, agregó, es hacer más expedita la vía civil para que padres, tutores y encargados, entre ellos los maestros de las escuelas y directores, sean civilmente responsables de los daños que causen los adolescentes cuando estén bajo su cuidado.
Al margen de lo establecido en la ley, el decano del Colegio de Abogados Benito Juárez consideró que el caso de Christopher es “sumamente triste”.
Al enfrentar casos como el ocurrido en la ciudad de Chihuahua, afirmó, se pone de manifiesto que el dinero que se está dando a organizaciones civiles no está reconstruyendo el tejido social y están creando sólo “una camada de aviadores”.
Consideró que ese tipo de programas deben ser cancelados de forma inmediata y que la sociedad en general se dedique a realizar trabajo social, que debe ser humanitario, desinteresado y promovido por la iniciativa privada.
El abogado Flores Gómez expresó que existe un debate intenso con relación al juzgamiento de adolescentes como adultos, derivado de la tragedia acontecida en la capital del estado, la que fue provocada por menores de edad.
Señaló que existen foros que determinan que si es capaz de robar, matar y violar entonces no tiene la inocencia de un niño, que responda por sus actos.
Sin embargo, en México nos e podrá juzgar a un menor como adulto ni siquiera reformando el sistema de justicia para adolescentes, ya que México como Estado ha suscrito diversos instrumentos internacionales en materia de justicia juvenil que le crean varias obligaciones.
Estos instrumentos internacionales contienen disposiciones que obligan al Estado a garantizar los derechos de niños y adolescentes, establecer un sistema de justicia especial y un régimen de medidas sancionadoras distinto al de los adultos, para los adolescentes que entren en conflicto con una ley penal, así como garantizar el interés de los menores.
También respetar sus derechos cuando se encuentren privados de su libertad, establecer una edad penal mínima, además de prevenir el delito y reintegrar socialmente al adolescente que infringe la norma penal.

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