Estado

Pide IP reforzar rehabilitación en penales

Manuel Quezada/ Lourdes Díaz
El Diario

2014-09-20

Chihuahua– El presidente de Coparmex-Chihuahua, Ignacio Manjarrez Ayub, señaló ayer que lejos de cambiar el esquema de rehabilitación a los centros penitenciarios, se debe reforzar y ver la posibilidad de abrir ahí centros laborales para que los internos sean productivos y logren su mantenimiento económico y de su familia.
Planteó que no se puede dejar de largo que sí hay mucha gente que ya no tiene remedio y volverá a delinquir cuantas veces pueda, pero la gran mayoría sí busca una segunda oportunidad para reintegrarse a la sociedad.
Si se va a privilegiar el castigo sobre la rehabilitación en los centros penitenciarios como se planteó públicamente, habría que empezar hasta por cambiarles el nombre de centro de rehabilitación social.
Ignacio Manjarrez dijo que el tema es importante y se debe analizar a profundidad, porque es cierto que los centros penitenciarios sí son un riesgo para muchos internos, ya que en lugar de rehabilitarse se vuelven más peligrosos.
Planteó que para tener mejores resultados en los programas de rehabilitación es deseable que haya una evaluación y segregación de los internos que sí tienen posibilidad real de reintegrarse a la sociedad y los que definitivamente ya no lo quieren hacer.
Finalmente el titular de la Coparmex-Chihuahua dijo que otra línea de análisis son los recursos económicos para el desarrollo de programas de rehabilitación, ya que desafortunadamente son escasos, por ello se requiere de la misma aportación y trabajo productivo de los internos, de otra forma será necesario construir más “hoteles con barras”.
Los señalamientos

La intención del gobernador de convertir las cárceles en un lugares para castigar a los delincuentes por el daño que ocasionaron a la sociedad y no para prepararlos para la reinserción social es una clara violación a los derechos humanos y a la propia constitución de los Estados Unidos Mexicanos, expresó el abogado José Martínez Fraustro, expresidente de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados.
El titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, José Luis Armendáriz, dijo que desconocía la intención del gobernador, pero que el propio nombre de los Centros de Reinserción Social (Ceresos) habla de la naturaleza de los mismos, hechos con base al artículo 18 de la Constitución Mexicana.
El Artículo 18 cita que: “el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley”.
Martínez Fraustro comenta que también las declaraciones del fiscal general de Chihuahua, Jorge Enrique González Nicolás, quien reconoce que los reos no salen rehabilitados de las cárceles, sino que salen como peores delincuentes, no es más que el reconocimiento del fracaso del sistema penitenciario no sólo de Chihuahua, sino de todo el país.
“Como se dice popularmente que las cárceles son las universidades del crimen es cierto”, expuso el abogado, lo que hace el fiscal de Chihuahua es reconocer que la autoridad mexicana no está haciendo algo que por ley debe hacer: rehabilitar para la reinserción social a los presos.
Agregó que no se les debe tratar como animales, no se deben violar sus derechos humanos y tienen derecho a un trato digno a fin de que se consiga realmente la rehabilitación.
Reconoció que se han logrado cosas positivas en materia penitenciaria, se han evitado fugas de reos y ahora se les da una mejor comida, pero sigue faltando infraestructura, la convivencia de los delincuentes potenciales con los delincuentes menores, es lo que hace de ellos peores delincuentes de lo que ya eran, comentó Martínez Fraustro.
El artículo reformado mediante decreto publicado en El Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, establece que en el caso de los menores de edad que cometan un delito: “Las medidas tendrán como fin la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades”.
“Los sentenciados podrán compurgar sus penas en los centros penitenciarios más cercanos a su domicilio, a fin de propiciar su reintegración a la comunidad como forma de reinserción social. Esta disposición no aplicará en caso de delincuencia organizada y respecto de otros internos que requieran medidas especiales de seguridad”.
Martínez Fraustro expuso que también el Artículo primero de la Constitución Mexicana en los Estados Unidos Mexicanos se establece que: “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.

X