Estado

Pide Tribunal que Suprema Corte atraiga prisión vitalicia de Chihuahua

Patricia Mayorga
El Diario

2014-07-21

Chihuahua— Dos personas sentenciadas han promovido amparos en contra de la prisión vitalicia y uno de los casos está en proceso de que lo atraiga la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que un Tribunal Colegiado auxiliar en Zacatecas, pidió la atracción.
El primero que se promovió corresponde a un hombre sentenciado por extorsión en Juárez y el segundo es un interno de Chihuahua, pero este último apenas se tramitó.
Mario Trevizo Salazar, consejero jurídico de Gobierno del Estado, enfatizó que actualmente la prisión vitalicia no es anticonstitucional, de acuerdo con jurisprudencia de la SCJN, pero ésta podría decidir que sí viola la Constitución a la luz de la reforma de derechos humanos.
En caso de que se declare inconstitucional, México tendría que reformar su política binacional para permitir las extradiciones, ya que en aquel país sí existe la cadena perpetua y este recurso pudiera ser utilizado por los reos extraditables para ampararse en contra de la extradición.
En octubre de 2010, apenas había asumido su cargo como gobernador del estado, cuando César Horacio Duarte Jáquez envió una iniciativa al Congreso del Estado, para reformar el Código Penal, el Código de Procedimientos Penales y la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales, para establecer la prisión vitalicia en el estado, para los delitos de homicidio (cuando sean múltiples, cometidos en contra de policías o periodistas), secuestro y extorsión.
Sin embargo, en el caso del delito de secuestro ya no opera dicha medida, porque en junio pasado se promulgó la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, legislación que impide la prisión vitalicia, explicó Trevizo Salazar.
A la vez, primero un interno de Juárez promovió el amparo contra la prisión vitalicia, luego de que se confesó culpable y de que fue sentenciado a pasar toda su vida en prisión.
Un juez federal, ratificó la prisión vitalicia pero la resolución fue impugnada, el caso fue turnado a un tribunal colegiado, pero debido a la carga de trabajo, el Consejo de la Judicatura Federal lo asignó a un tribunal colegiado auxiliar en Zacatecas, quien se desistió de resolver el fondo del asunto y pidió a la SCJN que atrajera la competencia para que resuelva si la prisión vitalicia es anticonstitucional o no.
Debido a que la promoción del amparo se registró en abril, el caso llegó apenas antes de que salieran de vacaciones en la SCJN, por lo que aún no ha determinado si atraerá o no el caso.
En el lapso el proceso, otro interno de la ciudad de Chihuahua, también se amparó contra la prisión vitalicia, pero apenas se encuentra en proceso ante el juez federal.
Mario Trevizo aseguró que por ahora, la prisión vitalicia no es violatoria de la Constitución, pero será la SCJN quien determine si es o no, luego de la reforma en materia de derechos humanos registrada en el 2011.
Calificó como una medida “valiente” la que tomaron los poderes Ejecutivo y Legislativo en octubre de 2010, cuando aprobaron la figura de prisión vitalicia para Chihuahua, por la exacerbada situación de inseguridad que vivía la entidad.
“Fue una medida de política criminal por el terrorismo y miedo de la sociedad que se vivía”, enfatizó.
Recordó que Duarte la propuso desde que era candidato a la gubernatura, ante el sector empresarial y hubo apoyo, porque la vieron como una medida para inhibir los delitos mencionados.
“Era un cáncer avanzado y se requería una fuerte quimioterapia”, comparó e indica que funcionó en momentos difíciles.
Sobre la jurispruedencia  que existe contra la prisión vitalicia, indicó que ésta data del año 2001, pero hubo otra en el 2002 que dice que no es anticonstitucional.
Y dijo que en el 2006, con la gestión de Felipe Calderón Hinojosa como presidente de la República, la jurispruedencia de 2002 sirvió para que se facilitaran las extradiciones de delincuentes hacia Estados Unidos, ya que en ese país, existe la cadena perpetua y de impedirla en México, se podían amparar contra la extradición.
“Por eso hubo extradiciones, y muchas”, aseveró.
Los artículos  22 y 18 constitucionales impiden la prisión vitalicia, éste último indica que la prisión tiene como fin la reinserción de los internos a la sociedad, “aunque hay personas que sinceramente, no tienen remedio”, indicó el consejero jurídico.
Asimismo, la SCJN generó jurisprudencia en octubre de 2001, en la tesis P/J 217/2001, indica que la prisión vitalicia constituye una pena inusitada de las prohibidas por el artículo 22 constitucional.
“…si en la legislación mexicana no se encuentra prevista y sancionada como pena la cadena perpetua o prisión vitalicia, porque contraviene el fin último de la pena, que consiste en en readaptar al delincuente para incorporarlo a la sociedad, es evidente que se trata de una pena inusitada, por tanto, es inconstitucional”.
Mario Trevizo dijo que a diferencia de la prisión vitalicia, en el estado siempre estarán en contra de la pena de muerte.

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