Economia

Factura electrónica 3.3 es obligación para todos

Cinthya Ávila/ El Diario

2018-01-01

A partir de ayer 1 de enero tanto personas físicas como morales deberán expedir facturas electrónicas en la modalidad 3.3 de acuerdo con los nuevos lineamientos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Víctor Torres, miembro del Colegio de Contadores, dijo que aquellas personas que trabajen por honorarios también están obligados a rendir cuentas bajo la factura 3.3.
Para poder cumplir con la nueva versión los contribuyentes tienen la alternativa de comprar un paquete de software autorizado por el SAT para poder operarla, o bien, hacerlo de forma gratuita en el apartado del portal de la dependencia.
Respecto a esta última opción comentó que el inconveniente es la lentitud de la página, lo que complica el procedimiento.
Sobre los costos de los programas mencionó que hay diferentes precios y que se adecuan a diferentes necesidades.
Sin embargo, mencionó que lo anterior viene a agregar una mayor carga administrativa, principalmente para quienes trabajan por su cuenta, pues es probable que deban contratar servicios profesionales para poder elaborar la factura.
El miembro del Colegio de Contadores señaló que una de las mayores implicaciones es que ahora los contribuyentes están obligados a emitir un complemento de pago cada vez que se les hace la remuneración por el pago de un servicio.
Detalló que en algunas ocasiones se factura por la prestación de un bien o servicio, pero el cliente no hace el pago del mismo hasta varios días después.
Cuando se haga la liquidación de dicha factura, el contribuyente deberá generar un complemento de pago para enterar a la autoridad de que ya se hizo la remuneración por tal concepto.
Víctor Torres comentó que este cambio conlleva un mayor control administrativo. Destacó que el SAT dio hasta marzo para que la emisión de complementos de pago sea opcional, pero en abril serán obligatorios.
En este punto puso como ejemplo a la maquiladora, en cuyo sector es común que la liquidación de servicios se haga varias semanas después.
El especialista agregó que una reciente regla exenta a quienes tributan bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) de llevar los complementos de pago.

cavila@redaccion.diario.com.mx 

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