Reforma
2017-08-27
Ciudad de México— Se publicaron actualizaciones y adiciones al reglamento para la imposición de multas por incumplimientos por parte de los patrones que falten a sus obligaciones con el Infonavit.
Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se reformaron seis artículos del Reglamento para la imposición de multas por incumplimiento a las obligaciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y se adicionó una fracción.
Entre los cambios publicados se encuentra tomar como referencia la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que se decretó en 2016 y entró en vigor a partir de principios de este año, para dejar de utilizar el Salario Mínimo como criterio.
En este sentido, también se publicaron adecuaciones sobre las fracciones referentes a las multas, que estaban indexadas en salarios mínimos, así como sus respectivos casos en los que se aplicará tomando en cuenta el Artículo 6 sobre lo que se considerará como infracción al reglamento.
Además, se modificó la presentación de denuncias contra los patrones por parte de los trabajadores, incluyendo los formatos electrónicos y ya no sólo por escrito.
Por otra parte, se agregó la fracción que considera como infracción no proporcionar la información señalada en la Ley, sus reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables dentro de los plazos establecidos, a través de los medios y formatos correspondientes.
Respecto al personal del Infonavit que tiene la facultad de imponer las multas del reglamento se modificaron los cargos detallados de la versión de 2008, la última vez que se hicieron cambios a esta reglamentación, tomando como referencia los del Artículo 4 del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo, que se actualizó en 2012.
Estos cambios entran en vigor un día después de su publicación en el DOF.