Economia

Venden tiendas jeans sin registro

Reforma

2015-04-20

Distrito Federal— El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) multó con 5 mil días de salario mínimo vigente, 350 mil 500 pesos, al Palacio de Hierro y la misma cantidad a Sears, así como a la empresa Cole Collection, distribuidora oficial de ropa True Religion en México.
La sanción fue impuesta por comercializar prendas de vestir de esa marca, a la que el IMPI le negó el registro por ser similar en grado de confusión con la mexicana DYN Religion, que sí está registrada.
El IMPI señala en los oficios en los que emite dichas multas que ordena, además, a estas tres tiendas abstenerse de seguir comercializando prendas de vestir que utilicen una marca parecida en grado de confusión a la registrada DYN Religion, propiedad de Moisés Harari Sacal.
No obstante, Eduardo Birman y Alejandro Cárdenas, abogados de Harari Sacal, comentaron que pese a lo ordenado por el IMPI, las tiendas continúan vendiendo prendas de la marca True Religion, acciones que pudieran generar una multa adicional e inclusive ser tipificadas como delito.
De acuerdo con documentos oficiales del IMPI, la multa al Palacio de Hierro fue impuesta el 27 de febrero; a Sears el 24 de marzo, y a Cole Collection el 31 de marzo de este año.
En agosto de 2014 Grupo REFORMA dio a conocer que la empresa estadounidense Guru Denim comercializa sus jeans marca True Religion en el mercado mexicano, pese a un conflicto legal con DYN Religion por el derecho al uso de esa palabra.
Los precios de las prendas de Guru Denim van de 2 mil hasta 8 mil pesos, en tiendas y cadenas departamentales de prestigio.
La marca DYN Religion fue registrada el 27 de marzo de 2000, y a pesar de ello el IMPI otorgó a Guru Denim el registro de su marca en abril de 2005.
Sin embargo, en mayo de 2013 el IMPI declaró la nulidad de True Religion, a petición de la mexicana DYN Religion, precisamente por inducir al error y fomentar una práctica de competencia desleal con actos de confusión.
A pesar de ello, Guru Denim siguió comercializando sus prendas de vestir en las tiendas mencionadas, por lo que la autoridad procedió a multarlas.
Según el IMPI, no existe como tal una fecha límite para el pago de estas multas, dado que esa resolución es impugnable y pudiese solicitarse la suspensión para ese efecto de que no se efectúe el cobro de éstas.
"Es importante señalar que el cobro de la multa la ejecuta la Tesorería del Distrito Federal, una vez que la resolución esté firme, y sería la propia Tesorería quien aplicaría lo procedente en caso de no pagar la misma", menciona el IMPI.

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