Economia

Avala Corte prohibición de compra en efectivo

Víctor Fuentes
Agencia Reforma

2015-01-21

Distrito Federal— La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró Constitucional la prohibición para comprar en efectivo inmuebles y vehículos de cualquier tipo, prevista en la ley antilavado de dinero vigente desde 2013.
La Segunda Sala de la Corte negó un amparo promovido por el desarrollador inmobiliario Víctor Aboumrad Tamer, quien alegó que estas restricciones, así como la obligación de cooperar con el Gobierno mediante el reporte de operaciones en actividades “vulnerables”, viola derechos de libertad de trabajo, comercio e intimidad de terceros.
Aboumrad es socio de los hermanos Amodio Herrera, cuya constructora CAABSA ha ganado algunos de los proyectos recientes de infraestructura más importantes, como el tramo tres del tren México-Toluca y la planta hidroeléctrica Chicoasén 2.
El artículo 32 la ley antilavado prohíbe usar efectivo o metales preciosos para comprar inmuebles o vehículos, cuando su valor exceda de 520 mil y 202 mil pesos, respectivamente.
El artículo 18, también avalado por la Corte, obliga a quienes realizan las actividades vulnerables –entre ellos los desarrolladores inmobiliarios– a requerir toda clase de informes y documentos a sus clientes.
“Estas obligaciones se justifican porque obedecen a finalidades constitucionalmente legítimas, son idóneas y no son desproporcionadas, teniendo presente los beneficios que se obtienen al evitar que los recursos de procedencia ilícita fortalezcan las estructuras financieras de las organizaciones delictivas”, afirmó la Corte.
También rechazo que estas obligaciones sean un “trabajo personal forzoso y gratuito” en favor del Estado.
La Sala (que no había sesionado desde noviembre), avaló además aspectos del Reglamento de la ley, así como de las Reglas de Carácter General expedidas por la Unidad de Inteligencia Financiera.

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